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Indemnizaciones por Razón de Servicio
Guía pública de estudio
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Lección 1
Estatuto Básico del Empleado Público. Indemnización por Razón de Servicio
Resumen de la lección
Las indemnizaciones por razón de servicio, mencionadas en el artículo 28 del Estatuto Básico del Empleado Público, no tienen naturaleza retributiva. Por tanto, no son retribuciones básicas ni complementarias y no se incluyen en la nómina. Su finalidad es compensar los gastos realizados al prestar servicios fuera del destino habitual. Incluyen, por ejemplo, los desplazamientos en transporte público, los gastos derivados de pernoctar en otra localidad y el uso del vehículo propio, que puede compensarse mediante kilometraje. Para percibirlas, se justifican los gastos, por ejemplo mediante los correspondientes tickets, y el abono se realiza directamente en la cuenta. Estas cuantías se asocian habitualmente al concepto de dieta y pueden variar según el cuerpo o escala de pertenencia. La indemnización responde así a los gastos en que incurre el empleado público por necesidades del servicio, que deben ser abonados por la Administración.
Objetivos de aprendizaje
- Distinguir las indemnizaciones por razón de servicio de las retribuciones del empleado público.
- Identificar gastos vinculados a desplazamientos, pernocta y kilometraje como posibles conceptos indemnizables.
- Comprender que estas cantidades se justifican y se abonan directamente, sin integrarse en nómina.
Puntos clave
- El artículo 28 se refiere a las indemnizaciones por razón de servicio.
- No son retribuciones básicas ni complementarias.
- No se incluyen en la nómina.
- Compensan gastos ocasionados por la prestación del servicio fuera del destino habitual.
- Las dietas pueden variar según el cuerpo o escala.
- El desplazamiento con vehículo propio puede abonarse por kilometraje.
Versión editorial de Opocamp (Clictic S.L.) aprobada el 29 jul 2026.
Sobre esta materiaContenido, alcance y objetivos del recurso
Indemnizaciones por Razón de Servicio es una ficha educativa de Empleo Público en formato vídeo que aborda las compensaciones recogidas en el Estatuto Básico del Empleado Público. El recurso explica que estas indemnizaciones no forman parte de la nómina ni se consideran retribuciones, y que se destinan a cubrir gastos que pueden surgir al desempeñar funciones fuera del lugar de destino habitual, como desplazamientos, alojamiento o manutención. También presenta estas compensaciones, más conocidas como dietas, y señala que varían según el cuerpo y la escala. El alumnado puede comprender en qué consisten estas indemnizaciones, cuándo se aplican y cómo se abonan tras justificar los gastos. Puedes acceder gratis al registrarte en Opocamp.
Fuentes y revisión editorialCriterios de elaboración, referencias y correcciones
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