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La solvencia

La solvencia
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Guía pública de estudio

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Vídeo Lección 1 La Solvencia Duración6 min 1 s

Resumen de la lección

La solvencia económica y financiera, técnica o profesional es la capacidad exigida a quienes aspiran a contratar con el sector público para ejecutar el contrato. Se diferencia de requisitos generales como la capacidad de obrar o las prohibiciones de contratar porque debe determinarse para cada licitación: no se requiere la misma solvencia para tareas de limpieza, una repoblación forestal o la construcción de un puente. Conforme al artículo 74, corresponde al órgano de contratación fijar estas condiciones con coherencia respecto de la naturaleza de la prestación.

La empresa puede integrar su solvencia mediante medios externos, según el artículo 75, siempre que acredite ante el órgano de contratación que dispondrá de ellos al ejecutar el contrato. Estos medios pueden ser financieros o técnicos, como maquinaria o equipos, y la subcontratación es una vía habitual. La excepción aparece cuando el órgano de contratación califica determinadas prestaciones como críticas: en ese caso deben realizarse con medios propios. Esta posibilidad se contempla en obras, servicios y suministros que incluyan tareas de instalación o colocación.

El artículo 76 permite exigir un compromiso de adscripción de medios. No basta entonces con acreditar capacidad general: la empresa debe identificar recursos concretos, como determinadas personas o una máquina, y queda obligada a destinarlos a la ejecución. Este compromiso se acredita al ser propuesta para la adjudicación y su incumplimiento puede llegar a constituir causa de resolución del contrato.

Objetivos de aprendizaje

  • Distinguir la solvencia de la capacidad de obrar y de las prohibiciones de contratar.
  • Identificar quién fija la solvencia y qué límite debe respetar.
  • Explicar la integración de solvencia con medios externos y su excepción.
  • Comprender el alcance del compromiso de adscripción de medios.

Puntos clave

  • La solvencia se adapta a cada contrato.
  • El órgano de contratación establece las condiciones de solvencia.
  • Las exigencias deben ser coherentes con la prestación.
  • Los medios externos pueden acreditar solvencia si estarán disponibles durante la ejecución.
  • Las prestaciones críticas deben realizarse con medios propios.
  • La adscripción compromete recursos concretos para el contrato.

Versión editorial de Opocamp (Clictic S.L.) aprobada el 29 jul 2026.

Sobre esta materiaContenido, alcance y objetivos del recurso

En esta materia llamada La Solvencia explicaremos los requisitos que deben cumplir las empresas para poder participar en una licitación pública. Analizaremos cómo se determinan las capacidades económicas, financieras, técnicas o profesionales necesarias para ejecutar un contrato, quién las establece y con qué criterios. Además, se abordarán aspectos como el uso de medios externos, las prestaciones críticas y el compromiso de adscripción de recursos, tal como lo regula la Ley de Contratos del Sector Público.

Fuentes y revisión editorialCriterios de elaboración, referencias y correcciones

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