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Ley de Enjuiciamiento Criminal · Artículos 110-113 y 115
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
La Ley de Enjuiciamiento Criminal · Artículos 110-113 y 115 es una ficha educativa de Derecho Penal en formato test, centrada en el estudio de las acciones derivadas de un delito y en la intervención del perjudicado en la causa. El recurso propone 10 preguntas tipo test para repasar el contenido clave de estos artículos y comprobar la comprensión de cuestiones como la acción civil y la acción penal, la renuncia a la acción civil, la revocación de esa renuncia y la actuación cuando intervienen dos o más personas. También aborda supuestos sobre el perjudicado que no se ha mostrado parte en la causa y sobre los delitos que requieren querella particular. El alumnado puede practicar la identificación de conceptos y relaciones entre las distintas acciones nacidas de un delito, así como reconocer cómo se plantean diferentes situaciones procesales en la LECrim.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Los artículos 110 a 113 de la LECrim distinguen entre la personación del perjudicado y la forma de ejercitar las acciones nacidas del delito. Si la persona perjudicada no comparece como parte, eso no supone por sí mismo que renuncie a los derechos que puedan reconocerse a su favor, y puede mostrarse parte antes de la calificación del delito. También se establece que la acción penal y la civil pueden ejercitarse de forma conjunta o separada.
Cuando el hecho exige querella particular y solo se ejercita la acción civil, la ley entiende que existe renuncia a la acción penal. La renuncia a la acción civil no impide, si la persona es mayor de edad y capaz, la actuación del Ministerio Fiscal, y su revocación queda condicionada por el momento procesal. Si varias personas ejercitan acciones derivadas del mismo delito o delito leve, deben sustanciarse en un solo proceso, y la acción penal se extingue por la muerte del culpable.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 9 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
2 preguntas con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
¿Cuándo puede el perjudicado por un delito o delito leve mostrarse parte en la causa?:
- En cualquier momento.
- Antes de la calificación del delito.
- Antes del Juicio oral.
- Antes de dictarse sentencia.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Antes de la calificación del delito.
La respuesta correcta fija el límite temporal en la calificación del delito: antes de ese trámite, el perjudicado puede mostrarse parte en la causa. Las demás opciones sitúan indebidamente ese momento en fases posteriores del procedimiento. La clave es identificar el trámite procesal al que la norma anuda esa posibilidad.
Pregunta 2
Si en un delito que debe iniciarse por querella particular se ejercita sólo la acción civil, ¿qué se entiende?
- Que renuncia a la acción penal
- Que no renuncia a la acción penal
- Que hay que esperar para poder continuar con el proceso
- Ninguna de las anteriores es correcta
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Que renuncia a la acción penal
Si en un delito perseguible por querella particular solo se ejercita la acción civil, la ley entiende que no se está impulsando la acción penal. Por eso la respuesta correcta es que se produce renuncia a la acción penal. La distinción es importante porque, en ese tipo de delitos, reclamar solo el daño no equivale a promover la persecución penal.