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Real Decreto Legislativo 8/2015 · Artículo 222
Guía pública de estudio
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Cuestionario
Test 1
Test 1
Resumen del cuestionario
Práctica de respuesta única dedicada a la cuantía de la pensión de viudedad, sus posibles incrementos y la prestación temporal de viudedad. Los ejercicios plantean la aplicación del porcentaje sobre la base reguladora, las condiciones vinculadas a la fuente de ingresos y las circunstancias que permiten acceder a la prestación temporal cuando no se reúne algún requisito para la pensión ordinaria. Requiere separar los supuestos de cálculo de la cuantía de aquellos que determinan la duración o el reconocimiento temporal de la prestación.
- Preguntas: 13 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Ejemplos de práctica, sin soluciones
La duración de la pensión temporal de viudedad es de:
Se tendrá derecho a la prestación temporal de viudedad, conforme a lo establecido en el artículo 222 LGSS, en el caso de:
Versión editorial de Opocamp (Clictic S.L.) aprobada el 29 jul 2026.
Sobre esta materiaContenido, alcance y objetivos del recurso
Esta ficha educativa de Real Decreto Legislativo 8/2015 · Artículo 222, dentro de la categoría Seguridad Social, propone un cuestionario tipo test con 13 preguntas para repasar el contenido del artículo 222. El recurso se centra en la literalidad y en la aplicación práctica de la norma, con cuestiones sobre la pensión temporal de viudedad, el porcentaje general aplicable sobre la base reguladora, los supuestos en los que puede incrementarse hasta el 70 % y los requisitos asociados a ese porcentaje. También aborda cuándo procede la prestación temporal por viudedad y en qué casos puede reconocerse. El alumnado puede practicar la comprensión de los supuestos planteados en el artículo, identificar conceptos clave y familiarizarse con la formulación jurídica del texto. Puedes acceder gratis al registrarte en Opocamp.
Fuentes y revisión editorialCriterios de elaboración, referencias y correcciones
La guía pública se deriva del recurso de estudio. Para materias normativas o técnicas con una referencia identificable, enlazamos abajo el recurso oficial que conviene contrastar antes del examen.
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