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Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: Competencias de la UE
Guía pública de estudio
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Lección 1
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: Competencias exclusivas de la UE
Resumen de la lección
El TFUE distingue competencias exclusivas, compartidas y de apoyo, coordinación o complementación. El artículo 3 recoge las competencias exclusivas: solo la Unión puede adoptar actos jurídicos legislativos y vinculantes en esas materias, aunque los Estados miembros deben adoptar las medidas necesarias para cumplir las obligaciones de la Unión. El artículo 4 regula las competencias compartidas, en las que pueden actuar la Unión y los Estados, y el artículo 6 se refiere a las competencias de apoyo o coordinación.
Entre las competencias exclusivas figuran la unión aduanera; las normas sobre competencia necesarias para el funcionamiento del mercado interior; la política monetaria para los Estados miembros cuya moneda es el euro; la conservación de los recursos biológicos marinos dentro de la política pesquera común; y la política comercial común. Es esencial no confundir las normas sobre competencia, que son exclusivas, con el mercado interior, que es una competencia compartida. Del mismo modo, la conservación de los recursos biológicos marinos es exclusiva, mientras que la pesca se encuadra entre las competencias compartidas.
La Unión también posee competencia exclusiva para celebrar acuerdos internacionales cuando estén previstos en un acto legislativo de la Unión, sean necesarios para ejercer una competencia interna o puedan afectar a normas comunes o modificar su alcance.
Objetivos de aprendizaje
- Identificar los artículos 3, 4 y 6 del TFUE según el tipo de competencia que regulan.
- Enumerar las principales materias de competencia exclusiva de la Unión.
- Diferenciar las normas sobre competencia del mercado interior.
- Distinguir la conservación de recursos biológicos marinos de la materia de pesca.
- Reconocer los supuestos en que la Unión puede celebrar acuerdos internacionales con carácter exclusivo.
Puntos clave
- El artículo 3 del TFUE regula las competencias exclusivas de la Unión.
- La unión aduanera y la política comercial común son competencias exclusivas.
- La política monetaria solo es exclusiva respecto de los Estados cuya moneda es el euro.
- El mercado interior es una competencia compartida; las normas sobre competencia necesarias para su funcionamiento son exclusivas.
- La conservación de los recursos biológicos marinos es exclusiva, pero la pesca es una materia compartida.
- La celebración de determinados acuerdos internacionales puede ser una competencia exclusiva de la Unión.
Versión editorial de Opocamp (Clictic S.L.) aprobada el 29 jul 2026.
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Lección 2
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: Competencias compartidas de la UE
Resumen de la lección
El TFUE distingue competencias exclusivas, compartidas y de apoyo, cooperación o coordinación. Todas deben estar previstas en los Tratados y orientarse a sus finalidades y objetivos. Las instituciones de la Unión solo pueden adoptar actuaciones y actos jurídicos, especialmente legislativos y vinculantes, dentro de las competencias atribuidas. Las competencias compartidas se regulan en el artículo 4 del TFUE. Su regla general es residual: una materia será compartida si el Tratado no la atribuye expresamente como exclusiva ni como competencia de apoyo, coordinación o ayuda. El artículo enumera, además, materias compartidas: mercado interior, política social en los aspectos definidos por los Tratados, cohesión económica, social y territorial, agricultura y pesca —salvo la conservación de recursos biológicos marinos—, medio ambiente, protección de los consumidores, transporte, redes transeuropeas, energía, espacio de libertad, seguridad y justicia y asuntos comunes de salud pública. Debe diferenciarse el mercado interior, competencia compartida, de las normas sobre competencia necesarias para su funcionamiento, que son competencia exclusiva. También existen ámbitos en los que la Unión puede desarrollar programas propios sin impedir la acción estatal, como investigación, desarrollo tecnológico y espacio. Este esquema se aplica igualmente a cooperación para el desarrollo y ayuda humanitaria, donde se prevé una política común y coordinación.
Objetivos de aprendizaje
- Identificar la regla general y las materias expresamente previstas como competencias compartidas en el artículo 4 del TFUE.
- Distinguir entre el mercado interior y las normas sobre competencia para su funcionamiento.
- Reconocer las particularidades de investigación, desarrollo tecnológico, espacio, cooperación para el desarrollo y ayuda humanitaria.
Puntos clave
- Las competencias de la Unión deben estar establecidas en los Tratados.
- La competencia compartida opera como categoría residual cuando no existe atribución exclusiva ni de apoyo, coordinación o ayuda.
- La conservación de los recursos biológicos marinos es una competencia exclusiva, a diferencia de agricultura y pesca.
- La actuación de la Unión en investigación, tecnología y espacio no impide que los Estados miembros ejerzan sus propias competencias.
- En desarrollo y ayuda humanitaria, la actuación propia de la Unión convive con la de los Estados y con una política común.
Versión editorial de Opocamp (Clictic S.L.) aprobada el 29 jul 2026.
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Lección 3
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: Competencias de apoyo, coordinación y complemento de la UE
Resumen de la lección
El TFUE distingue, junto a las competencias exclusivas y compartidas, un ámbito en el que la Unión no sustituye a los Estados miembros: apoya, coordina o complementa su actuación. Estas intervenciones se desarrollan dentro de los fines fijados por los Tratados y permiten articular respuestas comunes respetando que los Estados mantienen sus propias políticas.
El artículo 5 se refiere a la coordinación de las políticas económicas, de empleo y sociales. Cada Estado conserva sus políticas, pero la Unión puede establecer orientaciones generales para coordinarlas. El Consejo puede adoptar medidas dirigidas, en particular, a fijar orientaciones en política económica, que resultan vinculantes para los Estados miembros. También pueden aprobarse disposiciones particulares para los Estados cuya moneda es el euro; en cambio, la política monetaria de los Estados que no tienen el euro corresponde a estos. En empleo y política social, la Unión garantiza o impulsa igualmente la coordinación. Por su parte, el artículo 6 recoge ámbitos de apoyo, coordinación o complemento, como salud humana, industria, cultura, turismo, educación, formación profesional, juventud, deporte, protección civil y cooperación administrativa.
Objetivos de aprendizaje
- Distinguir la coordinación de políticas estatales de las competencias de apoyo, coordinación y complemento.
- Identificar las políticas económicas, de empleo y sociales como ámbitos coordinados por la Unión.
- Reconocer los sectores enumerados en el artículo 6 del TFUE.
Puntos clave
- Los Estados miembros mantienen sus propias políticas económicas, de empleo y sociales.
- El Consejo puede fijar orientaciones generales de política económica vinculantes.
- Pueden existir disposiciones específicas para los Estados cuya moneda es el euro.
- La política monetaria de los Estados que no tienen el euro es competencia de esos Estados.
- La Unión apoya, coordina o complementa acciones estatales en ámbitos como salud, cultura, turismo, educación y protección civil.
Versión editorial de Opocamp (Clictic S.L.) aprobada el 29 jul 2026.
Sobre esta materiaContenido, alcance y objetivos del recurso
En esta materia aprenderás cómo el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) regula las competencias de la Unión frente a los Estados miembros.
Analizaremos los tres tipos principales de competencias (exclusivas, compartidas, y de apoyo o coordinación), destacando los aspectos más importantes de cada una: materias donde solo la Unión puede legislar (unión aduanera, normas sobre competencia y política monetaria para países con euro, entre otros), áreas donde tanto la UE como los Estados pueden actuar (mercado interior, política social, cohesión, etc.) y competencias donde la Unión complementa, coordina o apoya la acción de los Estados (política económica, de empleo, cooperación y desarrollo y demás).
Además, te explicaremos cómo la UE coordina estas competencias para alcanzar objetivos comunes establecidos en los Tratados, y cómo se regula la celebración de acuerdos internacionales dentro de estas competencias.
Fuentes y revisión editorialCriterios de elaboración, referencias y correcciones
La guía pública se deriva del recurso de estudio. Para materias normativas o técnicas con una referencia identificable, enlazamos abajo el recurso oficial que conviene contrastar antes del examen.
- Cómo elaboramos, revisamos y corregimos los contenidos
- Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (EUR-Lex)
- Legislación vigente de la Unión Europea (EUR-Lex)
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