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Tratado de la UE. Artículo 5

Tratado de la UE.  Artículo 5
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Vídeo Lección 1 Tratado de la UE. Artículo 5 Duración8 min 52 s

Resumen de la lección

El artículo 5 del Tratado de la Unión Europea establece los principios que ordenan la delimitación y el ejercicio de las competencias de la Unión. El principio de atribución rige la delimitación: la Unión solo puede actuar dentro de las competencias que los Estados miembros le hayan atribuido mediante los Tratados para alcanzar sus objetivos. Las competencias no atribuidas corresponden a los Estados miembros.

El ejercicio de las competencias se somete a los principios de subsidiariedad y proporcionalidad. La subsidiariedad opera en ámbitos que no son de competencia exclusiva de la Unión. La Unión interviene únicamente cuando los objetivos no pueden alcanzarse de forma suficiente por los Estados, en los niveles central, regional o local, y puedan lograrse mejor a escala de la Unión por la dimensión o los efectos de la acción.

La proporcionalidad exige que el contenido y la forma de la acción de la Unión no excedan de lo necesario para lograr los objetivos de los Tratados. Ambos principios se aplican conforme a un protocolo específico. Además, los parlamentos nacionales pueden controlar el respeto de la subsidiariedad mediante el procedimiento de alerta temprana.

Objetivos de aprendizaje

  • Distinguir entre delimitación y ejercicio de las competencias de la Unión.
  • Explicar el principio de atribución y su consecuencia respecto de las competencias no atribuidas.
  • Identificar cuándo resulta aplicable el principio de subsidiariedad.
  • Relacionar la proporcionalidad con el límite de contenido y forma de la actuación de la Unión.
  • Reconocer la función de los parlamentos nacionales en el control de la subsidiariedad.

Puntos clave

  • La atribución limita la actuación de la Unión a las competencias conferidas en los Tratados.
  • Las competencias no atribuidas a la Unión corresponden a los Estados miembros.
  • La subsidiariedad no se aplica en competencias exclusivas de la Unión.
  • La intervención de la Unión exige que la actuación estatal sea insuficiente y que la escala de la Unión permita alcanzar mejor el objetivo.
  • La proporcionalidad impide que la acción de la Unión exceda de lo necesario.
  • El protocolo sobre subsidiariedad y proporcionalidad regula su aplicación y prevé la alerta temprana.

Versión editorial de Opocamp (Clictic S.L.) aprobada el 29 jul 2026.

Sobre esta materiaContenido, alcance y objetivos del recurso

En la materia "Tratado de la UE. Artículo 5" analizamos este artículo, donde se definen los principios de atribución, subsidiariedad y proporcionalidad. Además, vemos cómo se reparten y ejercen las competencias dentro de la Unión y qué límites tienen sus actuaciones según lo establecido en los tratados.

Fuentes y revisión editorialCriterios de elaboración, referencias y correcciones

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