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Tratado de la UE. Procedimiento ordinario de Revisión
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Lección 1
Tratado de la UE. Procedimiento ordinario de Revisión
Resumen de la lección
El artículo 48 del Tratado de la Unión Europea regula dos vías de revisión de los Tratados: la ordinaria y la simplificada. La revisión ordinaria comienza con un proyecto presentado por el Gobierno de un Estado miembro, el Parlamento Europeo o la Comisión. El proyecto se dirige al Consejo, que lo remite al Consejo Europeo y lo comunica a los parlamentos nacionales. El Consejo Europeo decide por mayoría simple si se inicia el examen de la reforma. Habitualmente convoca una convención integrada por representantes de los parlamentos nacionales, de los jefes de Estado o de Gobierno, del Parlamento Europeo y de la Comisión. Esta convención formula recomendaciones para la conferencia de representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, convocada por la Presidencia del Consejo, que concreta la modificación del texto. La reforma resultante debe ser ratificada por todos los Estados miembros conforme a sus normas constitucionales. Si, tras dos años, cuatro quintas partes la han ratificado y alguno no lo ha hecho, el Consejo Europeo examina la cuestión. Además, el procedimiento ordinario es el único aplicable para aumentar las competencias de la Unión. La convención puede omitirse si el Consejo Europeo lo decide por mayoría simple y cuenta con la aprobación del Parlamento Europeo.
Objetivos de aprendizaje
- Identificar quién puede presentar un proyecto de revisión ordinaria.
- Distinguir las funciones del Consejo, el Consejo Europeo, la convención y la conferencia de representantes.
- Reconocer cuándo es obligatorio utilizar el procedimiento ordinario.
- Conocer la exigencia de ratificación por los Estados miembros.
Puntos clave
- El proyecto puede proceder de un Gobierno estatal, del Parlamento Europeo o de la Comisión.
- El Consejo notifica el proyecto a los parlamentos nacionales y lo remite al Consejo Europeo.
- El Consejo Europeo autoriza el examen por mayoría simple.
- La convención emite recomendaciones y la conferencia de representantes concreta el texto.
- Todos los Estados miembros deben ratificar la reforma.
- La ampliación de competencias de la Unión exige el procedimiento ordinario.
Versión editorial de Opocamp (Clictic S.L.) aprobada el 29 jul 2026.
Sobre esta materiaContenido, alcance y objetivos del recurso
En esta materia aprenderás cómo se reforman los tratados y cómo se amplían o modifican las competencias de la Unión Europea.
Te explicamos el procedimiento ordinario de revisión de los tratados de la Unión Europea, cómo se inicia el proceso, quiénes pueden presentar un proyecto de revisión y el papel del Consejo, del Consejo Europeo y de los parlamentos nacionales. Por otro lado, analizamos el papel de la convención de expertos y de la conferencia de representantes de los Estados miembros en la elaboración de las modificaciones; así como el proceso de ratificación y sus excepciones.
Fuentes y revisión editorialCriterios de elaboración, referencias y correcciones
La guía pública se deriva del recurso de estudio. Para materias normativas o técnicas con una referencia identificable, enlazamos abajo el recurso oficial que conviene contrastar antes del examen.
- Cómo elaboramos, revisamos y corregimos los contenidos
- Legislación vigente de la Unión Europea (EUR-Lex)
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