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Constitución Española · Artículo 14
Guía pública de estudio
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Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
El artículo 14 proclama que los españoles son iguales ante la ley. Prohíbe la discriminación por los motivos que cita y por cualquier otra condición o circunstancia personal o social. La lista no se cierra tras la palabra «opinión».
Separa dos preguntas: qué motivos nombra el texto de forma expresa y qué alcance tiene la prohibición. Que un motivo no aparezca con su nombre no basta para excluirlo de la cláusula final. Los tests comparan también esta igualdad con derechos y garantías de otros artículos.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
El artículo 14 declara iguales a los españoles ante la ley. Prohíbe discriminar por nacimiento, raza, sexo, religión u opinión y añade una cláusula sobre otras condiciones personales o sociales. No es una lista cerrada.
El artículo 53.2 da una vía de tutela ante los tribunales ordinarios, con preferencia y sumariedad, y en su caso amparo ante el Tribunal Constitucional. La primera cuestión es qué derecho se protege; la segunda, cómo se reclama su tutela. No confundas esas vías con el habeas corpus, que controla una detención ilegal.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 11 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
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Pregunta 1
Según el artículo 14 Constitución, los españoles son iguales ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de:
- Nacimiento, raza, sexo, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Nacimiento, raza, sexo, estado civil, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
- Ninguna es correcta.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
El artículo 14 de la Constitución reconoce la igualdad ante la ley y prohíbe la discriminación por nacimiento, raza, sexo, religión u opinión, además de cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Esa cláusula final hace abierta la enumeración: no se limita a los cinco motivos citados expresamente. La opción correcta reproduce todos ellos y la cláusula general.