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Constitución Española · Artículo 156

Constitución Española · Artículo 156

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

El artículo 156 reconoce autonomía financiera a las Comunidades, con coordinación estatal y solidaridad. Pueden colaborar en la gestión de tributos del Estado según leyes y Estatutos.

El 157 enumera sus recursos. Un impuesto cedido, uno propio y un préstamo no son lo mismo. Identifica el origen del dinero antes de clasificarlo.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 16 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

La autonomía financiera del artículo 156 exige coordinación con la Hacienda estatal y solidaridad. Una Comunidad puede gestionar tributos del Estado como delegada o colaboradora, según leyes y Estatutos. Gestionarlos no los hace propios.

El 157 incluye tributos propios, cedidos, transferencias, patrimonio y crédito. Una ley orgánica puede regular esas competencias y sus conflictos. Por ejemplo, un préstamo es crédito; no es un impuesto ni una transferencia. Mira de dónde nace el ingreso para clasificarlo.

  • Preguntas: 16 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 11 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

¿Cuál de estos no constituye un recurso financiero para las CCAA? (157):

  1. Participación en ingresos del Estado.
  2. Rendimientos procedentes de su patrimonio.
  3. Recargos sobre impuestos del Estado.
  4. Todos ellos constituyen recursos para las CCAA.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Todos ellos constituyen recursos para las CCAA.

La respuesta correcta es “Todos ellos constituyen recursos para las CCAA.” Las opciones citadas corresponden a recursos financieros autonómicos, de modo que ninguna de ellas puede señalarse como no perteneciente a ese ámbito.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar