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Constitución Española · Artículo 32
Guía pública de estudio
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Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
El artículo 32 reconoce el derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. Esa igualdad es el núcleo de su primer apartado. No debe confundirse con una regla detallada sobre cada forma de celebración.
El segundo apartado remite a la ley las formas de matrimonio, edad y capacidad, derechos y deberes de los cónyuges y causas de separación y disolución con sus efectos. Para responder, distingue el derecho que reconoce la Constitución de los detalles que encarga regular a la ley.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
El artículo 32 reconoce el derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. Su primer apartado formula el derecho; el segundo encarga a la ley regular sus detalles. Son planos distintos.
La ley fija formas, edad y capacidad para contraer matrimonio. También derechos y deberes de los cónyuges y causas de separación y disolución con sus efectos. Si la pregunta pide qué norma regula la edad, la respuesta se encuentra en esa remisión a la ley. El artículo no da por sí mismo una cifra concreta.
- Preguntas: 15 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 11 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
2 preguntas con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
¿Qué derecho regula el artículo 32 de la Constitución Española?
- El derecho a la educación.
- El derecho al matrimonio.
- El derecho al trabajo.
- El derecho a la propiedad privada.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: El derecho al matrimonio.
La pregunta pide identificar el derecho que regula el artículo 32. Entre las opciones dadas, la única que coincide con el contenido del precepto es el derecho al matrimonio. Las demás opciones no se corresponden con este artículo.
Pregunta 2
¿Qué establece el artículo 32 sobre la igualdad en el matrimonio?
- Solo el hombre tiene derechos matrimoniales.
- El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.
- La mujer tiene más derechos en el matrimonio.
- La igualdad no es un requisito en el matrimonio.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica.
El artículo 32 establece expresamente que el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica. Por eso la respuesta correcta recoge esa igualdad en los mismos términos en que aparece reconocida en el precepto.