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Constitución Española · Artículo 48

Constitución Española · Artículo 48

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

El artículo 48 pide que la juventud participe de forma libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural. Los poderes públicos deben promover las condiciones que lo hagan posible.

El test lo compara con el artículo 49, sobre personas con discapacidad. Allí se exige libertad e igualdad reales, autonomía personal e inclusión social en entornos accesibles. No basta con reconocer el colectivo: identifica también qué actuación se pide al poder público en cada caso.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 13 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

El artículo 48 exige promover condiciones para que la juventud participe de forma libre y eficaz. Esa participación abarca el desarrollo político, social, económico y cultural. No se limita a un solo ámbito.

El artículo 49 trata de personas con discapacidad. Exige derechos en libertad e igualdad reales y efectivas, y políticas de autonomía e inclusión en entornos accesibles. Atiende en especial a mujeres y menores con discapacidad. Distingue el colectivo y el mandato: una opción sobre vivienda o suelo no pertenece por ello a estos artículos.

  • Preguntas: 13 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 28 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

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Pregunta 1

Según el artículo 48 de la Constitución Española, ¿qué deben promover los poderes públicos respecto de la juventud?

  1. Las condiciones para su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural.
  2. La exclusión de la juventud de los asuntos públicos.
  3. La participación solo en el ámbito cultural, sin intervenir en otros campos.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Las condiciones para su participación libre y eficaz en el desarrollo político, social, económico y cultural.

El artículo 48 no se limita a un solo ámbito, sino que menciona de forma expresa el desarrollo político, social, económico y cultural. También subraya que la participación juvenil debe ser libre y eficaz. Se confunde con facilidad con una simple presencia o con un único sector, pero el mandato constitucional es más amplio.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar