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Constitución Española · Artículo 68

Constitución Española · Artículo 68

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

El Congreso tiene entre 300 y 400 Diputados según el artículo 68. El voto es universal, libre, igual, directo y secreto. La provincia es la circunscripción electoral; Ceuta y Melilla eligen un Diputado cada una.

La elección sigue criterios de representación proporcional. El mandato dura cuatro años, salvo disolución. Separa dos plazos: las elecciones se celebran entre 30 y 60 días desde el fin del mandato. El nuevo Congreso debe ser convocado dentro de los 25 días que siguen a la elección.

Cuestionario 1 de 5 Test 1 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

Para el Congreso, la circunscripción es la provincia y la elección sigue criterios proporcionales. Ceuta y Melilla eligen un Diputado cada una. El artículo 68 combina un mínimo inicial por circunscripción con el reparto del resto según la población.

El mandato dura cuatro años, aunque puede terminar antes por disolución. Las elecciones deben celebrarse entre 30 y 60 días desde el fin del mandato. No cuentes ese plazo desde la primera sesión del nuevo Congreso: el hecho que inicia el cómputo es otro. Separa territorio, reparto y calendario al responder.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 11 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

¿Qué sistema de representación utilizamos en las elecciones al Congreso de los Diputados?:

  1. Un sistema de representación territorial.
  2. Un sistema de representación proporcional.
  3. Un sistema mayoritario.
  4. Son correctas las respuestas a) y b.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Un sistema de representación proporcional.

La opción correcta es la representación proporcional porque es el criterio constitucional de elección del Congreso en cada circunscripción. No se trata de un sistema territorial ni mayoritario, sino de un reparto proporcional de la representación dentro de cada circunscripción.

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