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Estatuto Básico del Empleado Público. Introducción

Estatuto Básico del Empleado Público. Introducción

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

En Estatuto Básico del Empleado Público. Introducción se presenta una visión general de esta norma y de cómo regula las bases del régimen jurídico de los empleados públicos. El recurso aborda a funcionarios, personal laboral y estatutario, y explica que se trata de una ley estatal basada en el artículo 149 de la Constitución. También se expone que, en el caso del personal laboral, su aplicación se limita a los aspectos que el estatuto disponga, en coordinación con contratos laborales y convenios colectivos. El enfoque del vídeo permite entender el marco básico de esta materia dentro de Empleo Público y familiarizarse con los principios que recoge, como eficiencia, responsabilidad y servicio al ciudadano.

Vídeo Lección 1 de 1 Estatuto Básico del Empleado Público. Introducción 3:58 min

Resumen de la lección

Esta introducción presenta el Estatuto Básico del Empleado Público como el texto refundido que fija bases comunes para el empleo público. La competencia estatal deriva del artículo 149.1.18 de la Constitución. Aunque la regulación se centra en el funcionariado, el concepto de empleo público también abarca personal laboral y categorías con normativa específica.

El vídeo repasa principios de actuación como el servicio efectivo a la ciudadanía, la eficacia, la eficiencia, el uso adecuado de los recursos públicos y la responsabilidad. Distingue al personal directivo, que recibe un tratamiento propio, de las cuatro clases de empleados públicos del Estatuto. Para el personal laboral, solo se aplican los preceptos del Estatuto que así lo establecen, junto con la legislación laboral y el convenio colectivo. Consulta los artículos 1 y 7 del Estatuto y el artículo 149.1.18 de la Constitución.

Objetivos de aprendizaje

  • Explicar el carácter estatal y básico del Estatuto y su fundamento constitucional.
  • Distinguir las clases de empleados públicos del personal directivo.
  • Reconocer los principios de actuación que se aplican a Administraciones y empleados públicos.
  • Precisar cuándo se aplica el Estatuto al personal laboral.

Puntos clave

  • El Estatuto es el texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015.
  • La Constitución atribuye al Estado la competencia para fijar las bases del régimen estatutario de los funcionarios.
  • Los principios de actuación incluyen servicio a la ciudadanía, eficacia, eficiencia y responsabilidad.
  • El personal directivo tiene regulación específica y no es una quinta clase del artículo 8.
  • El personal laboral se rige también por legislación laboral y convenio, y por los preceptos del Estatuto que lo incluyen.

Última actualización editorial: 10 sept 2026.

Leer la transcripción de la lección

Bueno, voy a hablaros un poquito del estatuto básico del empleado público. El estatuto básico del empleado público no deja de ser un texto refundido. Realmente es el real decreto legislativo, eh, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de empleo público, no básicamente del estatuto básico del empleado público. Bueno, es una ley de carácter estatal y vi, bueno, pues de alguna manera va a regular el carácter básico del régimen jurídico de los llamados funcionarios públicos, porque es una ley estatal y de carácter básico, porque el artículo 100 de la constitución, sobre todo bueno, pues del punto de vista de su apartado 18, el sí lo ha apartado 18 de la constitución. Bueno, pues le otorga tal atribución, tal competencia, pues al estado no. El estado es aquel que tiene la competencia de regular el estatuto, no las bases.

El estatuto básico de los llamados funcionarios vale, bien, aunque la constitución diga que hay que regular un marco jurídico, un estatuto eh, básico para los funcionarios públicos en el estatuto básico del empleado público, vamos a hablar del concepto empleado público, de acuerdo, vale, realmente va a ser un estatuto para los distintos empleados públicos. Se centrará, evidentemente, en unos determinados empleados públicos que son los funcionarios, pero ya veremos a lo largo, bueno, pues del curso vale y del estudio de este estatuto que tendremos distintas clases de empleados públicos, vamos a tener los llamados funcionarios. Vamos a tener el personal laboral, vamos a tener el personal estatutario e incluso, bueno, pues no es en sí mismo la clase de personal, pero os hablará un poquito de la clase de personal directivo.

No es una clase en sí misma, no, pero bueno, el personal de dirección, el personal directivo. Bien, este estatuto. Bueno, pues lo que va a regular es ese régimen jurídico, las bases vale, las bases del régime jurídico de los llamados funcionarios también. Bueno, pues un poquito más artículo, primero, lo que nos va a regular es una serie de fundamentos de actuación. No, es decir, bueno, pues las administraciones públicas, el conjunto de estos empleados públicos de estos funcionarios va a tener que cumplir, pues, una serie de principios de fundamentos de actuación como el servicio efectivo al ciudadano, eh, ser eficaces, ser eficientes, eh? Maximizar, evidentemente, los recursos públicos que no tenga la cercanía, no a la hora de la prestación de los servicios para con el ciudadano, eh? Los principios en los fundamentos de responsabilidad, etcétera de acuerdo.

Y algo también que me interesa bastante que tengáis en cuenta es que este estatuto básico del empleado público que regula, bueno la función pública de los funcionarios, en concreto, no. Sí señala un poquito el artículo uno, también, si se aplica al personal laboral, vale, hablaremos del personal laboral, de acuerdo. Pero en cuanto al personal laboral, lo que tenés que tener en cuenta básicamente, es que se aplicará al personal laboral aquellas partes del estatuto básico del empleado público que, evidentemente, le afecten, de acuerdo que el propio estatuto básico del empleado público diga que se le aplica al personal laboral. Bien, por qué? Porque realmente el personal laboral veremos que esas personas que prestan esas funciones, esos servicios vale dentro de una administración.

Vale, pues básicamente lo que van a hacer es suscribir un contrato de trabajo, un contrato laboral, de acuerdo, vale, eh, y por lo tanto, ya veremos que básicamente se van a regular por la normativa, no que el empleo que existe no por está por los trabajadores y como no también por el convenio colectivo de la propia administración a la que presten sus servicios, de acuerdo.