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Historia de la Constitución

Historia de la Constitución

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

El constitucionalismo liberal busca limitar el poder y proteger la libertad mediante normas. La separación de poderes y las ideas de la Ilustración ayudan a entender su origen. En España, la Constitución de Cádiz de 1812 es un hito de ese proceso.

Distingue las ideas sobre el poder de los cambios sociales que se producen a lo largo del tiempo. No todos los hechos nacen a la vez ni tienen una sola causa.

Vídeo Lección 1 de 1 Origen del constitucionalismo liberal y Constitución de Cádiz de 1812 5:41 min

Resumen de la lección

El vídeo explica varios factores que favorecieron el constitucionalismo liberal: la limitación y separación del poder, la Ilustración y su énfasis en la razón, la codificación de normas dispersas y los cambios sociales ligados a la industrialización y a las nuevas reclamaciones de derechos. Después sitúa la Constitución de Cádiz de 1812 en el ciclo revolucionario americano, francés y español y destaca que proclamó la soberanía nacional.

La lección propone separar dos preguntas: quién es titular de la soberanía y qué órganos ejercen el poder y con qué funciones. La transcripción describe la Constitución de Cádiz como la tercera constitución liberal del mundo; la ficha no presenta ese orden comparativo como un dato cerrado, pues depende de qué textos históricos se incluyan. El Congreso de los Diputados la identifica como la primera Constitución propiamente española y fecha su aprobación el 19 de marzo de 1812. Consulta el estudio histórico del Congreso y el artículo 1.2 de la Constitución de 1978 como referencia para el concepto de soberanía nacional.

Objetivos de aprendizaje

  • Explicar cómo la separación de poderes se relaciona con la limitación del poder.
  • Relacionar Ilustración, codificación e industrialización con las condiciones que impulsaron las constituciones liberales.
  • Identificar la Constitución de Cádiz de 1812 como primera Constitución propiamente española y reconocer la soberanía nacional como idea central.
  • Distinguir quién es titular de la soberanía de los órganos que ejercen las funciones del Estado.

Puntos clave

  • La lección conecta el constitucionalismo liberal con la limitación del poder y la separación de funciones.
  • La Ilustración, la codificación y los cambios sociales de la industrialización aparecen como factores concurrentes.
  • La Constitución de Cádiz de 1812 proclamó la soberanía nacional; el Congreso de los Diputados la identifica como la primera Constitución propiamente española.
  • El vídeo menciona que fue la tercera constitución liberal del mundo; la ficha no da por cerrado ese ranking sin precisar el criterio histórico.
  • Titularidad de la soberanía y ejercicio institucional del poder son preguntas distintas.

Última actualización editorial: 11 sept 2026.

Leer la transcripción de la lección

La verdad es que siempre pensamos que las constituciones han estado ahí. Siempre han estado ahí estructurando los poderes públicos, organizando el ejercicio de poder, garantizando derechos y libertades de los ciudadanos. Pero lo cierto es que esto no es así. Realmente lo que tenemos que pensar es que nuestra constitución de la primera de nuestro constitucional fue la tercera constitución liberal del planeta. Lo que sí que tenemos que conceptualizar, evidentemente, es cómo nace este movimiento al que podemos llamar constitucional mismo liberal. Básicamente confluyeron una serie de factores, así como un movimiento planetario que facilitaron una construcción doctrinal respecto a un tipo de norma concreto que regulase las relaciones, poderes públicos ciudadanos y que estructurase el ejercicio de poder de manera más beneficiosa para esos ciudadanos.

Pensemos que hay ciertos fenómenos que coexistieron en el tiempo que se solaparon que se fueron sucediendo, eh, paulatinamente que facilitaron el nacimiento de este movimiento constitucional. Pensemos, por ejemplo, en el principio de separación de poderes, el principio de separación de poderes, evidentemente no lleva toda la vida ahí nació en Inglaterra, evidentemente, ya en el siglo XIX empezaba a atisbar. Y por qué nació este principio? Por qué se cedió cierto poder desde esas monarquías absolutas desde esos reyes, casi casi con facultades imperiales hacia estos parlamentos? Por qué era una manera de garantizar su permanencia en el ejercicio del poder? Realmente ese principio de separación de poderes se introduce en Europa de la mano de Montesquieu. Montesquieu visita brevemente a Inglaterra y viene completamente alucinado respecto a cómo el Parlamento ha ido adquiriendo cotas de poder.

Intenta introducir estas teorías y recordemos que Montesquieu en su momento era como un best besser, lo que escribía se convertía inmediatamente en beer en todo el territorio europeo. Tenemos otro fenómeno tremendamente importante que es el fenómeno de la ilustración, el imperio de la razón fijos que nosotros teníamos un conjunto de normas que eran mitad normas divinas y mitad normas humanas es, es además, evidentemente, había ahí una influencia de los intereses de quien estaba ejerciendo poder en ese memento del monarca absoluto de turno que influía realmente en la generación de esa normativa de una manera completamente torcida. Esas normas, además, a veces contenían preceptos de carácter divino que evidentemente escapaban de cualquier tipo de racionalismo. Tenemos otro fenómeno, por ejemplo, que es el fenómeno de la codificación. Había una dispersión absoluta de normas.

Las normas no tenían ningún tipo de garantías; hoy, un monarca se levantaba y decidía implantar una nueva norma, un nuevo precepto que tenían que seguir absolutamente todos los ciudadanos y ese fenómeno en el ámbito jurídico, ¿qué es lo que propugnaba? Lo que propugnaba, evidentemente, es que esa normativa estuviese codificada, estuviese reunida en un solo texto y que evidentemente pudiese ser de conocimiento público. Básicamente tenemos otro tipo de movimientos, como por ejemplo, la industrialización que lo que provocó fue, eh, un cambio social absolutamente devastador en Europa fijos que antes las relaciones de carácter económico, cuáles eran yo soy la propietaria de la tierra y tú eres un ocupante de mi tierra. Y evidentemente yo ejerzo jurisdicción sobre ti.

Yo tengo capacidad para imponerte reglas para exigirte tributos, para enjuiciar vuestros comportamientos y vuestras relaciones. Eso cambia en cuanto comienza ese fenómeno de la industrialización. De repente empieza a surgir lo que conocemos como masa obrera. Esa masa obrera empieza a reclamar derechos y ya las relaciones económicas se producían entre los titulares de esas industrias. Y los trabajadores de esas industrias comienza un abandono del campo. Comienzan a promover otros modelos sociales desde un punto de vista relacional. Y por tanto, todos estos fenómenos empiezan a confluir respecto a una nueva configuración, insisto, de ejercicio de poder que viene de la mano de las constituciones liberales de las primeras constituciones liberales. El liberalismo, evidentemente también influye tremendamente en este fenómeno que está surgiendo en el siglo XVIII y principios del siglo XIX.

Básicamente, nosotros tenemos aquí un caldo de cultivo idóneo para que las poblaciones comiencen también a exigir un poco de respeto por parte de quien ejerce ese poder público. Este respeto da lugar también a lo que conocemos como etapa revolucionaria. Pensemos en la revolución americana. Pensemos en la revolución francesa en otro sentido completamente distinto en la revolución española. Y de ahí, evidentemente, nosotros podemos hablar ya de un momento idóneo para que surjan estos textos a los que llamamos constituciones liberales.

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