test
Ley 39/2015 · Artículo 10
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Cuestionario para repasar la Ley 39/2015 · Artículo 10, dentro de la categoría de Procedimiento Administrativo. Este recurso de tipo test se centra en la identificación y la firma de los interesados, con preguntas sobre los sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas y sobre la relación entre identificación y firma en el procedimiento administrativo. También aborda la literalidad del artículo y su aplicación práctica a partir de enunciados breves y directos. El alumnado puede practicar la comprensión de conceptos clave, reconocer formulaciones exactas del precepto y afianzar la lectura atenta de la norma mediante preguntas de opción múltiple. El contenido se organiza en dos cuestionarios relacionados, Test 1 y Test 2, que reúnen las preguntas del recurso.
Cuestionario
1 de 2
Test 1
Resumen del cuestionario
Este test delimita qué debe acreditar cualquier medio de firma y cuáles son válidos cuando la relación es electrónica. Contrasta sistemas de identificación utilizables como firma, registro previo y eficacia jurídica, exigiendo separar autenticidad de voluntad, identidad y requisitos de admisión administrativa.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 29 jul 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
Un sistema permite identificar a la persona, pero no acreditar la integridad e inalterabilidad del documento firmado. ¿Cumple por sí solo las garantías del artículo 10.1 de la LPAC?
- No, la firma debe garantizar también la integridad e inalterabilidad del documento.
- Sí, conocer el nombre del usuario siempre basta.
- Sí, basta con que el archivo pueda imprimirse.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: No, la firma debe garantizar también la integridad e inalterabilidad del documento.
La firma debe acreditar la autenticidad de la voluntad y del consentimiento, además de la integridad e inalterabilidad documental. Identificar al usuario es una parte del problema, pero no demuestra que el documento conserve lo que esa persona firmó.