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Ley 39/2015 · Artículo 28
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Ley 39/2015 · Artículo 28 es un cuestionario de Procedimiento Administrativo centrado en el repaso de este precepto mediante 14 preguntas tipo test. El recurso aborda la literalidad del artículo y su aplicación práctica a situaciones habituales relacionadas con la aportación de documentos en el procedimiento administrativo. A través de sus preguntas, el alumnado puede trabajar conceptos como el consentimiento para recabar documentos, el tratamiento de copias aportadas por los interesados, la identificación de documentos y la responsabilidad sobre la veracidad de lo presentado. También incluye supuestos planteados en contexto para comprobar la comprensión del contenido del artículo.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Práctica tipo test sobre los documentos aportados por las personas interesadas conforme al artículo 28 de la Ley 39/2015. Los ejercicios plantean cuándo existe obligación de presentar documentos, en qué casos la Administración puede recabarlos y qué papel desempeñan el consentimiento o la oposición de la persona interesada. También abordan la eficacia de las copias presentadas, la responsabilidad sobre su veracidad y el cotejo motivado cuando la relevancia del documento o la calidad de la copia lo aconsejen. Se exige diferenciar documentos ya aportados, elaborados por la Administración y aquellos cuya aportación resulta procedente en un procedimiento concreto.
- Preguntas: 14 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 29 jul 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
Según el artículo 28 de la Ley 39/2015, el supuesto caso de que sean documentos ya aportados por los interesados ¿serán necesario consentimiento a la Administración para ser recabados?
- Tendrán derecho a no aportar nuevamente esa documentación
- La opción a) es correcta sin necesidad de indicar en qué momento presentó esos documentos ni ante qué organismo.
- Es correcta la opción a) pero necesariamente deberá indicar en qué momento se presentó esa documentación y ante qué organismo
- No es un derecho reconocido por la Ley
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Tendrán derecho a no aportar nuevamente esa documentación
Si un documento ya fue aportado anteriormente por el interesado, no debe volver a exigirse su presentación. La Administración debe evitar duplicidades y puede recabarlo por sus medios, salvo oposición expresa o consentimiento expreso cuando lo requiera la ley especial aplicable. La respuesta elegida expresa correctamente el derecho a no aportar de nuevo esa documentación.