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Ley 39/2015 · Artículo 5
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Ley 39/2015 · Artículo 5 es una ficha educativa de Procedimiento Administrativo centrada en la representación ante las Administraciones Públicas. El recurso propone un cuestionario tipo test para repasar el contenido del artículo y trabajar conceptos clave, literalidad y aplicación práctica de la norma. A través de sus preguntas, el alumnado puede identificar quiénes pueden actuar con representante, cómo se acredita esa representación y qué aspectos se relacionan con la consulta al registro electrónico de apoderamientos. También permite familiarizarse con formulaciones habituales sobre la falta o insuficiente acreditación de la representación y con situaciones planteadas en el procedimiento administrativo. El material reúne varios test vinculados entre sí, con preguntas sobre distintos matices del artículo 5, para reforzar la comprensión del texto legal desde un enfoque práctico.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Actuar por otra persona y acreditar el poder son cuestiones relacionadas. El artículo 5 exige acreditar la representación para presentar solicitudes, declaraciones o comunicaciones, recurrir, desistir o renunciar. En las gestiones de mero trámite se presume. La acreditación debe quedar incorporada al expediente.
Puede acreditarse por un medio válido que deje constancia fidedigna, como el apoderamiento apud acta o la inscripción registral. Si falta o es insuficiente, se concede un plazo de diez días para aportarla o subsanar, ampliable si las circunstancias lo requieren.
Ejemplo: una persona presenta un recurso en nombre de otra sin adjuntar el poder. La falta inicial no obliga a descartar el recurso sin más: debe atenderse al trámite de acreditación o subsanación. Distingue ese supuesto de una gestión de mero trámite, donde la representación se presume.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 14 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
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Pregunta 1
Artículo 5 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas. Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante:
- entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa o tácita en contra del interesado
- entendiéndose con el interesado las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado
- entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado
- entendiéndose con el interesado las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa o tácita en contra del interesado
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado
El artículo 5.1 permite que una persona interesada con capacidad de obrar actúe mediante representante. Las actuaciones administrativas se entienden con el representante salvo que la persona interesada manifieste expresamente lo contrario. La norma exige una manifestación expresa para apartarse de esta regla; una oposición meramente tácita no equivale a ese requisito.