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Ley 39/2015 · Artículo 7

Ley 39/2015 · Artículo 7

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Ley 39/2015 · Artículo 7 es una ficha educativa de tipo test centrada en el Procedimiento Administrativo. El recurso propone un cuestionario para repasar este artículo mediante 19 preguntas, con especial atención a la literalidad y a la aplicación práctica de la norma. A lo largo de las preguntas, el alumnado trabaja situaciones en las que en una solicitud, escrito o comunicación figuran varios interesados, así como aspectos relacionados con los interesados en el procedimiento y con el artículo 8. El enfoque del recurso permite comprender cómo se formulan las actuaciones cuando intervienen varios interesados y reconocer los términos que aparecen en el propio artículo.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 19 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

Cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuran varios interesados, las actuaciones se realizan con el representante o con el interesado que hayan señalado expresamente. Si no han hecho esa designación, se entiende que el trámite se sigue con quien figure en primer término. Esta regla ordena la relación procedimental y evita dudas sobre a quién dirigir las actuaciones.

Además, si durante la instrucción de un procedimiento que no haya tenido publicidad aparece en el expediente una persona titular de derechos o intereses legítimos y directos que pueda resultar afectada por la resolución, debe comunicársele la tramitación del procedimiento. La clave está en que su identificación resulte del expediente y en que la posible afección derive de la decisión que se dicte.

Ejemplo: Ana, Luis y Marta presentan una solicitud conjunta y designan a Marta. Las actuaciones se siguen con ella aunque Ana figure primero. Si no hubiera designación ni representante señalado, se atendería al primer nombre.

  • Preguntas: 19 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 14 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 2 preguntas con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Según el artículo 7 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo común, cuando en una solicitud, escrito o comunicación figuren varios interesados, las actuaciones a que den lugar se efectuarán:

  1. con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término
  2. con el que figure en primer término, y, en su defecto, con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado
  3. con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con todos ellos
  4. con todos ellos, y, en su defecto, con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: con el representante o el interesado que expresamente hayan señalado, y, en su defecto, con el que figure en primer término

La respuesta correcta es la que señala al representante o al interesado expresamente designado y, si no existe esa designación, al que figure en primer término. Esa es la regla aplicable cuando una solicitud, escrito o comunicación reúne a varios interesados, porque fija con quién deben efectuarse las actuaciones en primer lugar.

Pregunta 2

¿Qué debe hacer la Administración si durante la instrucción de un procedimiento que no ha tenido publicidad se advierte la existencia de personas que puedan resultar afectadas por la resolución que se dicte según el artículo 8?

  1. Notificarles la resolución final del procedimiento.​
  2. Comunicarles la tramitación del procedimiento para que puedan personarse.​
  3. Solicitar su identificación para futuras actuaciones.​
  4. Esperar a que se personen de forma voluntaria.​
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Comunicarles la tramitación del procedimiento para que puedan personarse.​

La opción correcta es comunicarles la tramitación del procedimiento, porque el supuesto describe a personas que pueden verse afectadas por la resolución y cuya existencia se advierte durante la instrucción de un procedimiento sin publicidad. No se trata de esperar a la resolución final, sino de permitir que conozcan el procedimiento y puedan intervenir en él antes de que se dicte la decisión.

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