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Ley 39/2015 · Artículo 95

Ley 39/2015 · Artículo 95

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Ficha educativa de Ley 39/2015 · Artículo 95, dentro de la categoría Procedimiento Administrativo, planteada como test para repasar este contenido mediante 19 preguntas. El recurso se centra en conceptos clave, literalidad y aplicación práctica de la norma, con cuestiones sobre la paralización de procedimientos iniciados a solicitud del interesado, la advertencia de caducidad y la actuación que admite recurso administrativo. También incluye preguntas sobre la resolución que declare la caducidad y sobre aspectos vinculados al idioma en la tramitación de documentos, notificaciones y testimonios en procedimientos de CCAA y EELL. El alumnado puede practicar la comprensión precisa del artículo 95 y familiarizarse con la formulación habitual de este tipo de preguntas.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 19 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

Práctica de respuesta única dedicada a la caducidad en los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, regulada en el artículo 95 de la Ley 39/2015. Los ejercicios plantean paralizaciones imputables al interesado, requerimientos de documentación y el transcurso del tiempo tras la advertencia administrativa, para determinar cuándo puede declararse la caducidad. También exigen diferenciar los efectos jurídicos de esa declaración, su incidencia sobre las acciones y su relación con la prescripción. El repaso combina la literalidad del precepto con la secuencia práctica de actuaciones: paralización, advertencia, falta de impulso y decisión administrativa.

  • Preguntas: 19 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 29 jul 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

En un procedimiento iniciado a solicitud del interesado, la Administración advierte que, si la paralización continúa, se producirá la caducidad transcurridos tres meses. Pasado ese plazo, el interesado no reanuda la tramitación. ¿Qué debe hacer la Administración según el artículo 95 de la Ley 39/2015?

  1. Acordar el archivo de las actuaciones y notificarlo al interesado
  2. Resolver el fondo del asunto sin más trámites
  3. Mantener abierto el procedimiento aunque no haya actividad
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Acordar el archivo de las actuaciones y notificarlo al interesado

Cuando la paralización es imputable al interesado y han pasado tres meses desde la advertencia, procede declarar la caducidad y archivar el expediente. No se trata de resolver el fondo del asunto ni de dejar el procedimiento indefinidamente abierto. Además, contra esa resolución caben los recursos pertinentes.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar