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Ley 40/2015 · Artículo 153
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Ley 40/2015 · Artículo 153 es una ficha educativa de tipo test dentro de la categoría Organización del Sector Público y su Régimen Jurídico. El recurso propone un cuestionario de 10 preguntas para repasar este contenido mediante la práctica de conceptos clave, la literalidad y la aplicación práctica de la norma. A lo largo de las preguntas, el alumnado trabaja aspectos relacionados con órganos de cooperación entre Administraciones, el acceso a la información, la interoperabilidad, la seguridad y la reutilización de aplicaciones, así como la transferencia de tecnología entre Administraciones. El enfoque del material es repasar de forma guiada el contenido del artículo a través de preguntas tipo test, favoreciendo la comprensión de los elementos que aparecen en la Ley 40/2015.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Cuestionario centrado en los mecanismos de cooperación bilateral y multilateral, el intercambio de información y la interoperabilidad entre Administraciones. Las preguntas abordan los órganos bilaterales y de cooperación territorial, el acceso a datos, el tratamiento ulterior solicitado a la Administración General del Estado, los esquemas nacionales de interoperabilidad y seguridad, la reutilización de aplicaciones y la transferencia tecnológica. La práctica exige separar las finalidades de cada instrumento y atribuir correctamente las facultades, disponibilidades y funciones planteadas en cada supuesto.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 29 jul 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
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Pregunta 1
Según el artículo 153 de la Ley 40/2015, ¿qué describe mejor a las Comisiones Bilaterales de Cooperación?
- Órganos de cooperación de composición bilateral, con un número igual de representantes de ambas Administraciones.
- Órganos de cooperación multilateral entre Administraciones de territorios coincidentes o limítrofes.
- Órganos técnicos dedicados a la reutilización de aplicaciones y a la interoperabilidad de sistemas.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Órganos de cooperación de composición bilateral, con un número igual de representantes de ambas Administraciones.
Las Comisiones Bilaterales de Cooperación se caracterizan por su composición bilateral y por la paridad entre representantes de la Administración General del Estado y de la Comunidad Autónoma, o de Ceuta o Melilla. La segunda opción confunde este órgano con fórmulas de cooperación multilateral. La tercera mezcla materias distintas de la Ley 40/2015, como interoperabilidad o reutilización de aplicaciones, que no definen a estas comisiones.