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Ley 40/2015 · Artículo 31

Ley 40/2015 · Artículo 31

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Aplica la prohibición de doble sanción comprobando identidad de sujeto, hechos y fundamento.

Fuente: BOE · artículo 31.

Cuestionario 1 de 3 Test 1 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

El artículo 31 impide sancionar hechos ya sancionados penal o administrativamente cuando coinciden sujeto, hecho y fundamento. La coincidencia de hechos por sí sola no expresa toda la regla.

Ejemplo: una persona ya ha recibido una sanción y se plantea otra por los mismos hechos y con el mismo fundamento. Si concurren las tres identidades, opera la prohibición. No basta cambiar el nombre del procedimiento para evitarla.

El apartado segundo contempla sanciones de un órgano de la Unión Europea por los mismos hechos cuando no concurre identidad de sujeto y fundamento: deben tenerse en cuenta para graduar la sanción que proceda. Distingue prohibición de duplicidad y graduación; tampoco confundas sanción con indemnización por un daño.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 14 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

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Pregunta 1

¿Qué coincidencias exige el artículo 31.1 de la Ley 40/2015 para impedir una nueva sanción por hechos ya sancionados penal o administrativamente?

  1. Identidad de sujeto, hecho y fundamento
  2. Solo que coincida el día de los hechos
  3. Solo que se tramite en el mismo ministerio
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Identidad de sujeto, hecho y fundamento

La regla exige las tres identidades. Coincidir únicamente en hechos, fecha u órgano no reproduce el presupuesto completo de la prohibición de doble sanción.

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