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Ley 40/2015 · Artículo 37
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Distingue responsabilidad penal y patrimonial y reconoce cuándo una causa penal puede suspender el procedimiento patrimonial.
Fuente: BOE · artículo 37.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
La exigencia de responsabilidad penal del personal no suspende por regla general el procedimiento de reconocimiento de responsabilidad patrimonial. El artículo 37 establece una excepción cuando determinar los hechos en vía penal resulta necesario para fijar la responsabilidad patrimonial.
Ejemplo: tramitar una causa penal relacionada con un daño no basta, por sí solo, para detener cualquier reclamación administrativa. Debe examinarse si la determinación penal de los hechos es necesaria para decidir esa reclamación.
Separa sujeto responsable, vía de exigencia y relación entre hechos. El cuestionario puede incluir organización electrónica u otros artículos: esas reglas no forman parte automáticamente del régimen penal del artículo 37.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 14 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
¿La exigencia de responsabilidad penal del personal suspende siempre un procedimiento de responsabilidad patrimonial?
- No, se requiere la circunstancia específica del artículo 37
- Sí, automáticamente en todos los casos
- Sí, aunque los hechos sean independientes
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: No, se requiere la circunstancia específica del artículo 37
La existencia de un procedimiento penal no suspende siempre la reclamación patrimonial. El artículo 37 exige que la determinación de los hechos en vía penal sea necesaria para fijar la responsabilidad patrimonial.