test
Ley 47/2003 · Artículo 37
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Ley 47/2003 · Artículo 37 es una ficha educativa de tipo test dentro de la categoría de Gestión Financiera y Presupuestaria. El recurso propone un cuestionario de 12 preguntas para repasar el contenido del artículo 37 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria, con atención a la literalidad y a la aplicación práctica de la norma. El alumnado puede trabajar aspectos como la documentación que acompaña al anteproyecto y al proyecto de ley de los Presupuestos Generales del Estado, así como el procedimiento de remisión a las Cortes Generales. También se incluyen cuestiones relacionadas con la prórroga de la ley de presupuestos y con supuestos vinculados al artículo 38.
Cuestionario
1 de 1
Test 1
Resumen del cuestionario
El artículo 37 regula la remisión del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado a las Cortes Generales y fija un momento concreto para esa entrega: antes del 1 de octubre del año anterior al ejercicio al que se refiera. También distingue qué documentación complementaria debe acompañar al proyecto remitido. Por eso, en las preguntas hay que separar con cuidado lo obligatorio de lo accesorio.
El artículo 38 contiene la regla de continuidad presupuestaria. Si la nueva ley no está aprobada antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se prorrogan automáticamente los presupuestos iniciales del ejercicio anterior hasta que se aprueben y publiquen los nuevos en el Boletín Oficial del Estado. La clave está en que la prórroga no supone una nueva aprobación ni una repetición de la votación, sino la vigencia provisional del presupuesto previo.
- Preguntas: 12 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 10 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
2 preguntas con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
Si la Ley de Presupuestos Generales del Estado no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, ¿que actuación procedería?:
- Quedará automáticamente aprobada el último Proyecto de Ley de Presupuestos que se haya llevado a votación en el Parlamento.
- Se considerarán automáticamente prorrogados los presupuestos iniciales del ejercicio anterior hasta la aprobación y publicación de los nuevos en el Boletín Oficial del Estado.
- Se procederá, de nuevo, a la votación del último Proyecto de Ley de Presupuestos que se haya llevado a votación en el Parlamento.
- En este caso, el Estado no dispondría de ningún presupuesto.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Se considerarán automáticamente prorrogados los presupuestos iniciales del ejercicio anterior hasta la aprobación y publicación de los nuevos en el Boletín Oficial del Estado.
La opción correcta es la prórroga automática de los presupuestos iniciales del ejercicio anterior. La norma no exige repetir la votación ni entiende aprobado un nuevo proyecto: mantiene vigente el presupuesto previo hasta que el nuevo se apruebe y publique en el BOE. La clave es que el desencadenante es no haber aprobado la ley antes del primer día del ejercicio económico correspondiente.
Pregunta 2
Según el artículo 47/2003 General Presupuestaria, ¿En cuál de los siguientes casos se procederá a la prórroga automática de los Presupuestos Generales del Estado?
- Si no se produce la aprobación de la Ley de Presupuestos antes del primer día del ejercicio económico correspondiente
- Si no se produce la aprobación de la Ley de Presupuestos por mayoría absoluta de las Cortes Generales
- Si no se produce la aprobación de la Ley de Presupuestos antes del 1 de diciembre del ejercicio anterior a aquel en que deban ser aplicados
- Si no se produce la aprobación de la Ley de Presupuestos antes del 28 de diciembre del ejercicio anterior
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Si no se produce la aprobación de la Ley de Presupuestos antes del primer día del ejercicio económico correspondiente
La prórroga automática procede cuando no se aprueba la Ley de Presupuestos antes del primer día del ejercicio económico correspondiente. No depende de una mayoría concreta ni de una fecha intermedia en diciembre. Lo relevante es la falta de aprobación a tiempo para que el nuevo ejercicio comience con presupuesto aprobado.