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Ley 47/2003 · Artículo 51
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Ley 47/2003 · Artículo 51 es una ficha educativa de tipo test dentro de la categoría Gestión Financiera y Presupuestaria. El recurso propone un cuestionario para repasar este artículo mediante 17 preguntas, con atención a la literalidad y a la aplicación práctica de la norma. El alumnado puede trabajar conceptos clave relacionados con la ejecución presupuestaria y con las modificaciones de los créditos contenidos en los presupuestos de gastos durante el ejercicio, a partir de los temas que aparecen en las preguntas. También se abordan referencias vinculadas a los artículos 51, 52, 55 y 73 de la Ley 47/2003 General Presupuestaria, siempre desde un enfoque de repaso y comprensión del contenido.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Las modificaciones de crédito alteran la cuantía o la finalidad de una dotación durante el ejercicio. La idea central es distinguir entre figuras que reorganizan créditos ya existentes y las que crean dotación nueva para atender una necesidad de gasto cuando no hay crédito suficiente o no existe el adecuado. En esa lógica, el artículo 51 se conecta con las técnicas de modificación, mientras que el artículo 55 entra en juego cuando el gasto no puede aplazarse y no cabe cubrirlo por otras vías.
Las transferencias de crédito suponen mover dotaciones entre créditos. Pero con límites importantes: no pueden utilizarse para burlar la estructura presupuestaria ni para crear determinados tipos de créditos cuando la norma lo prohíbe. También hay supuestos en los que esas restricciones no operan, como los ligados a reorganizaciones administrativas. La clave práctica es localizar primero el tipo de necesidad presupuestaria y después comprobar si la modificación encaja en la figura permitida y respeta sus prohibiciones.
- Preguntas: 17 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 10 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
2 preguntas con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
Como consecuencia de la reestructuración ministerial, se ha creado la Secretaría de Estado de Función Pública en el Ministerio de Hacienda y Función Pública. ¿Puede tramitarse alguna modificación presupuestaria para pasar los créditos del presupuesto de gastos del extinto Ministerio de Política Territorial y Función Pública al Ministerio de Hacienda y Función Pública?
- Puede tramitarse una transferencia de crédito
- Puede tramitarse una incorporación de crédito
- Puede tramitarse una generación de crédito
- No puede tramitarse ninguna modificación presupuestaria al tratarse de distintas secciones presupuestarias
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Puede tramitarse una transferencia de crédito
La respuesta correcta es la transferencia de crédito porque el cambio deriva de una reestructuración ministerial y lo que se pretende es trasladar dotaciones entre órganos afectados por esa reorganización. No se trata de obtener nuevos recursos ni de incorporar remanentes, sino de redistribuir crédito ya existente. Precisamente en estos casos la norma prevé una modificación específica para adaptar el presupuesto a la nueva estructura administrativa.
Pregunta 2
En el presupuesto del Ministerio existe remanente en los conceptos 240, Gastos de edición y distribución y 120, Retribuciones básicas de funcionarios. ¿Podrían usarse esos importes para afrontar el pago de las obras de la sede del Paseo de la Castellana, teniendo en cuenta que los créditos están en el mismo servicio y programa presupuestario?
- Podrían usarse sin necesidad de modificación presupuestaria, por vinculación de los créditos, dado que están en el mismo servicio y programa presupuestario
- Podría tramitarse una transferencia de crédito al concepto 630, Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios
- No podría tramitarse una transferencia de crédito desde gastos corrientes a gastos de capital
- Podrían usarse sin necesidad de modificación presupuestaria las dotaciones del concepto 240, pero no las del concepto 120, por vinculación de los créditos
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Podría tramitarse una transferencia de crédito al concepto 630, Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios
La opción correcta es la transferencia de crédito al concepto 630 porque el destino es una inversión de reposición y los remanentes proceden de otros conceptos del mismo ámbito presupuestario. El dato relevante no es solo que estén dentro del mismo servicio y programa, sino que el ajuste exige cambiar la finalidad de la dotación para financiar una obra. Por eso no basta con hablar de vinculación: aquí la técnica adecuada es mover crédito hacia el concepto de inversión correspondiente.