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Ley 50/1997 · Artículo 27

Ley 50/1997 · Artículo 27

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Ley 50/1997 · Artículo 27 es una ficha educativa en formato test de la categoría Organización del Sector Público y su Régimen Jurídico. El recurso propone un cuestionario de 12 preguntas para repasar el contenido del artículo 27 de la Ley 50/1997, con atención a la literalidad y a la aplicación práctica de la norma. A través de sus preguntas, el alumnado puede trabajar quién acuerda la tramitación urgente del procedimiento de elaboración y aprobación de anteproyectos de ley, reales decretos legislativos y reales decretos, así como qué trámites se ven afectados por esa vía. También aborda cuestiones relacionadas con dictámenes e informes preceptivos dentro de la tramitación urgente, además de otros contenidos vinculados al Plan Anual Normativo y al control político de las actuaciones del Gobierno. Esta ficha está pensada para afianzar la comprensión de los conceptos clave mediante práctica tipo test y para revisar de forma guiada los aspectos centrales del artículo.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 12 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

Práctica de respuesta única dedicada a la tramitación urgente de anteproyectos de ley, reales decretos legislativos y reales decretos. Se trabaja quién puede acordar esta vía, qué trámites se ven afectados y cómo incide la urgencia en la emisión de informes y dictámenes preceptivos. El razonamiento requiere separar la regla ordinaria de las particularidades propias del procedimiento urgente. El cuestionario incorpora el seguimiento del Plan Anual Normativo y el control de la actuación del Gobierno. Deberás reconocer la intervención del Consejo de Ministros en la evaluación del plan y distinguir las actuaciones sometidas a control político de las Cortes Generales de aquellas cuya revisión corresponde a otras vías.

  • Preguntas: 12 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 29 jul 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Según el artículo 28 de la Ley 50/1997 del Gobierno, ¿cuándo debe aprobarse el informe anual de evaluación del Plan Normativo?

  1. Antes del 31 de diciembre.
  2. Antes del 30 de abril de cada año.
  3. En el primer Consejo de Ministros de enero.
  4. Durante el mes de marzo.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Antes del 30 de abril de cada año.

La opción correcta indica que el informe anual de evaluación del Plan Normativo debe aprobarse antes del 30 de abril de cada año. La pregunta se refiere al momento de aprobación de ese informe, no a su contenido ni a otras fases del procedimiento.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar