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Ley 7/1985 · Disposición adicional cuarta y artículos 132, 135-138 y 140

Ley 7/1985 · Disposición adicional cuarta y artículos 132, 135-138 y 140

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Esta ficha educativa de Ley 7/1985 · Disposición adicional cuarta y artículos 132, 135-138 y 140, dentro de la categoría Organización del Sector Público y su Régimen Jurídico, propone un cuestionario tipo test centrado en contenidos de la LRBRL. El recurso reúne 10 preguntas sobre la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, el órgano de gestión tributaria, el control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y el órgano para la resolución de reclamaciones económico-administrativas. También aborda la Conferencia Sectorial para Asuntos Locales, la Conferencia de Ciudades, la autonomía de los Municipios y los órganos insulares necesarios en los cabildos. El enfoque del test permite repasar el contenido clave de estos artículos y comprobar la comprensión de sus conceptos principales mediante preguntas de opción múltiple.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones se orienta a la defensa de los derechos de los vecinos ante la administración municipal y se integra por representantes de todos los grupos del Pleno, de forma proporcional a su presencia. Su papel es de garantía y canalización de quejas y sugerencias. Por eso, no debe confundirse con funciones disciplinarias ni con una mera tarea de recuento o archivo.

En materia tributaria local, conviene distinguir el órgano de gestión tributaria del órgano para la resolución de reclamaciones económico-administrativas. El primero asume funciones de gestión tributaria, mientras que el segundo conoce y resuelve reclamaciones sobre actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público de competencia municipal. También intervienen el control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, el nombramiento de su titular entre funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, la Conferencia de Ciudades, la autonomía municipal del artículo 140 y los órganos insulares necesarios en los cabildos.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 10 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 2 preguntas con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

LA COMISIÓN ESPECIAL DE SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES TIENE COMO FUNCIÓN:

  1. La defensa de los derechos de los vecinos ante la administración Municipal
  2. Sancionar a los funcionarios que no cumplan con sus obligaciones
  3. Recuento con fines estadísticos de todas las quejas y sugerencias que presenten los vecinos ante la administración municipal
  4. B y C son correctas
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: La defensa de los derechos de los vecinos ante la administración Municipal

La función propia de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones es la defensa de los derechos de los vecinos ante la administración municipal. Por eso no corresponde atribuirle sanciones disciplinarias ni una labor meramente estadística; su cometido es canalizar quejas y sugerencias como instrumento de garantía.

Pregunta 2

DE LAS SIGUIENTES OPCIONES, ¿CUÁL NO SERÍA UNA COMPETENCIA DEL ÓRGANO PARA LA RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES ECONÓMICO-ADMINISTRATIVA?

  1. El dictamen sobre proyectos de ordenanzas fiscales
  2. El conocimiento y resolución de las reclamaciones sobre actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público, que sean de competencia municipal
  3. Elaboración de estudios y propuestas en materia tributaria, cuando considere que es necesaria su intervención
  4. Ninguna opción responde a la cuestión planteada
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Elaboración de estudios y propuestas en materia tributaria, cuando considere que es necesaria su intervención

La opción correcta es la que señala la elaboración de estudios y propuestas en materia tributaria, porque esa no es la función propia del órgano para la resolución de reclamaciones económico-administrativas. Ese órgano se centra en conocer y resolver reclamaciones sobre actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de tributos e ingresos de derecho público de competencia municipal, no en asumir tareas de estudio o propuesta.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar