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Ley 9/2017 · Artículo 102

Ley 9/2017 · Artículo 102

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Ley 9/2017 · Artículo 102 es una ficha educativa de la categoría Contratación y Patrimonio, presentada en formato test. El recurso propone un cuestionario de 15 preguntas para repasar el contenido del artículo 102 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, con atención a la literalidad y a la aplicación práctica de la norma. El alumnado puede trabajar cuestiones sobre el precio de los contratos del sector público, los precios provisionales, el pago aplazado, la estimación del presupuesto base de licitación y las cláusulas que pueden incluirse para variar el precio. También se abordan aspectos sobre cómo puede formularse el precio en los contratos y qué extremos deben detallarse en determinados supuestos.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 15 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

Práctica tipo test centrada en el régimen del precio de los contratos del sector público previsto en el artículo 102 de la Ley 9/2017. Las preguntas repasan las condiciones que debe reunir el precio, las distintas formas en que puede formularse, el pago aplazado y los factores que han de considerarse al estimar el presupuesto base de licitación. Una parte relevante se dedica a los contratos con precios provisionales: cómo se determina al final su precio dentro de los límites previstos, qué extremos deben detallarse y qué actuaciones quedan prohibidas. El ejercicio exige diferenciar las reglas ordinarias del precio de este régimen específico y resolver supuestos a partir de la redacción del artículo.

  • Preguntas: 15 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 10 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Según el artículo 102.2 de la Ley 9/2017, si un contrato prevé que la totalidad o parte del precio se satisfaga en moneda distinta del euro, ¿qué debe hacerse?

  1. Indicar solo el importe en la divisa elegida
  2. Indicar el importe en la divisa correspondiente y una estimación en euros del importe total del contrato
  3. Suprimir toda referencia al precio en euros
  4. Aplicar automáticamente una revisión de precios
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Indicar el importe en la divisa correspondiente y una estimación en euros del importe total del contrato

El artículo 102.2 permite pactar el pago total o parcial en moneda distinta del euro, pero exige dos datos: el importe en esa divisa y una estimación en euros del total del contrato. La opción de suprimir toda referencia al euro es incorrecta porque la ley mantiene esa estimación, y la revisión de precios pertenece a otra previsión distinta del artículo 102.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar