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Ley 9/2017 · Artículo 108
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Cuestionario de Ley 9/2017 · Artículo 108, dentro de la categoría Contratación y Patrimonio, orientado a repasar este contenido mediante 16 preguntas tipo test. El recurso se centra en las garantías exigidas en los contratos celebrados por las AAPP, las formas en que pueden presentarse, la constitución de la garantía definitiva mediante retención en el precio y la posibilidad de que un tercero preste la garantía exigible a la U.T.E. También aborda cuestiones sobre garantías admisibles, el recurso especial en materia de contratación y el efecto de su interposición, además de supuestos relacionados con penalidades o indemnizaciones exigibles al adjudicatario. El alumnado puede practicar la literalidad del artículo y la aplicación práctica de sus conceptos clave a través de preguntas formuladas sobre distintos supuestos.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Práctica de respuesta única sobre el artículo 108 de la Ley 9/2017, centrada en las modalidades admisibles para presentar garantías en los contratos de las Administraciones Públicas. Se revisan la constitución mediante retención en el precio, la intervención de terceros en la prestación de la garantía y las condiciones aplicables cuando el contratista actúa como unión temporal. El bloque incluye cuestiones conectadas con la reposición o ampliación de la garantía cuando se hacen efectivas penalidades o indemnizaciones, así como con su reajuste tras una variación del precio contractual. Los supuestos obligan a distinguir entre constituir una garantía, hacerla efectiva y adecuarla a cambios posteriores del contrato, atendiendo al momento y a la obligación que surge para el adjudicatario.
- Preguntas: 16 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 29 jul 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
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Pregunta 1
Según el artículo 108 de la Ley 9/2017, una garantía definitiva exigida en los contratos celebrados con las Administraciones Públicas puede prestarse mediante:
- aval, prestado por entidades autorizadas para operar en España
- hipoteca inmobiliaria sobre el bien afecto al contrato
- cesión de créditos futuros del contratista
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: aval, prestado por entidades autorizadas para operar en España
El artículo 108 admite el aval como una forma de garantía definitiva, siempre que lo presten las entidades autorizadas y se deposite en los establecimientos previstos. No menciona la hipoteca inmobiliaria ni la cesión de créditos como modalidades de garantía definitiva en este precepto. Conviene no confundir las formas de garantía con otros medios de cobertura económica del contrato.