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Ley 9/2017 · Artículo 147
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Ley 9/2017 · Artículo 147 es una ficha educativa de la categoría Contratación y Patrimonio, planteada como un cuestionario tipo test para repasar este artículo de la Ley 9/2017. El recurso se centra en el estudio de los criterios de desempate en la adjudicación de contratos, la preferencia entre empresas licitadoras cuando existe empate y el momento en que debe aportarse la documentación acreditativa. A través de sus preguntas, el alumnado puede trabajar la literalidad del artículo y familiarizarse con situaciones habituales de aplicación práctica de la norma. También aborda supuestos relacionados con empresas de inserción y entidades sin ánimo de lucro, siempre dentro del contenido del propio artículo.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
La práctica examina la secuencia de desempate entre proposiciones: previsión de criterios en el pliego, aplicación supletoria y documentación acreditativa. Obliga a diferenciar el momento de aportación, la preferencia en adjudicación y el orden aplicable cuando no existen condiciones específicas.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 29 jul 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
¿Cuándo deberán los licitadores aportar la documentación acreditativa de los criterios de desempate? (Art. 147)
- En el momento de presentación de la oferta o proposición
- En el momento en que se produzca el empate
- Los licitadores no deberán aportar documentación adicional a la de la oferta o proposición, correspondiendo a los órganos de contratación, a la vista de la documentación presentada, valorar los criterios de desempate
- Ninguna de las anteriores
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: En el momento en que se produzca el empate
La documentación acreditativa se presenta cuando el empate se produce. Así se evita exigir pruebas antes de tiempo y se permite comprobar, en el momento decisivo, qué licitador reúne la condición de desempate que corresponda. Por eso la opción correcta es la que sitúa la aportación en ese momento.