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Ley 9/2017 · Artículo 162
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Ley 9/2017 · Artículo 162 es una ficha educativa de tipo test dentro de la categoría Contratación y Patrimonio, centrada en el procedimiento restringido. El recurso propone un cuestionario para repasar este artículo mediante preguntas sobre la selección de candidatos, el número mínimo y máximo de empresarios a invitar y los criterios objetivos de solvencia con los que se eligen los participantes. También permite trabajar la literalidad del precepto y su aplicación práctica a partir de situaciones planteadas en las preguntas. El contenido se organiza en dos tests relacionados, Test 1 y Test 2, con un total de 24 preguntas. El alumnado puede entender cómo se formula la invitación a participar, qué aspectos deben comprobarse antes de seleccionar candidatos y dónde se recogen los criterios y límites de participación.
Cuestionario
1 de 2
Test 1
Resumen del cuestionario
En el procedimiento restringido, el órgano de contratación fija con carácter previo al anuncio de licitación los criterios objetivos de solvencia que se usarán para elegir a los candidatos invitados a presentar proposiciones. Esa selección exige comprobar la personalidad y la solvencia de los solicitantes antes de decidir quién pasa a la fase siguiente.
También debe señalarse un número mínimo de empresarios a invitar, que no puede ser inferior a cinco. Si los candidatos que cumplen los criterios son menos que ese mínimo, el órgano de contratación puede continuar con quienes reúnan las condiciones exigidas, sin incorporar a otros que no hayan solicitado participar o que no las cumplan.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 9 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
2 preguntas con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
En el procedimiento restringido se señalará el número mínimo de empresarios a los que se invitará a participar en el procedimiento. ¿Qui n y en qué número?
- El responsable del contrato, 3
- El responsable del contrato, 5
- El órgano de contratación, 3
- El órgano de contratación, 5
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: El órgano de contratación, 5
La respuesta correcta es el órgano de contratación y cinco empresarios. La norma atribuye a ese órgano la fijación del mínimo de invitados y establece que ese número no puede ser inferior a cinco, por lo que se descartan el responsable del contrato y cualquier cifra menor.
Pregunta 2
Según el artículo 162 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, ¿qué debe establecer el órgano de contratación antes de publicar el anuncio de licitación?
- El número exacto de empresarios que podrán participar en el procedimiento.
- Un criterio subjetivo de selección basado en la experiencia previa con la Administración.
- Los criterios objetivos de solvencia según los artículos 87 a 91 de la Ley.
- La oferta económica mínima para poder participar en la licitación.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Los criterios objetivos de solvencia según los artículos 87 a 91 de la Ley.
Sí. Antes de publicar el anuncio de licitación, el órgano de contratación debe haber establecido los criterios objetivos de solvencia entre los previstos en los artículos 87 a 91. Esos criterios son los que permitirán seleccionar a los candidatos que serán invitados a presentar proposiciones.