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Ley 9/2017 · Artículo 191
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Ley 9/2017 · Artículo 191 es una ficha educativa de tipo test dentro de la categoría Contratación y Patrimonio, centrada en el repaso del artículo 191 de la Ley 9/2017 sobre Contratos del Sector Público. El recurso plantea 17 preguntas tipo test para trabajar la literalidad del precepto y su aplicación práctica en distintos supuestos relacionados con las prerrogativas de la Administración, los acuerdos del órgano de contratación, la nulidad o resolución de contratos, las modificaciones contractuales y las reclamaciones dirigidas a la Administración. También aborda el papel del Consejo de Estado o del órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma en los casos previstos por el artículo. El alumnado puede comprender mejor qué cuestiones regula este artículo y practicar la identificación de los supuestos en los que interviene el dictamen consultivo.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Práctica centrada en el procedimiento para ejercer las prerrogativas administrativas en la contratación pública, conforme al artículo 191 de la Ley 9/2017. Las preguntas de respuesta única plantean supuestos sobre la audiencia al contratista, los informes previos en el ámbito de la Administración General del Estado, la intervención del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente y los acuerdos que puede adoptar el órgano de contratación. Requiere repasar de forma comparada cuándo concurren los distintos trámites, qué asuntos exigen dictamen consultivo y qué eficacia se atribuye a los acuerdos adoptados en esta materia.
- Preguntas: 17 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 29 jul 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
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Pregunta 1
Según el artículo 191 de Contratos del Sector Público, ¿cuándo se exige el dictamen del Consejo de Estado en caso de modificaciones contractuales?
- Cuando la modificación no esté prevista en el Pliego y su cuantía aislada o conjuntamente sea inferior al 20% del precio inicial y su precio sea igual o superior 6.000.000 de euros
- Cuando la modificación no esté prevista en el Pliego y su cuantía aislada o conjuntamente sea superior al 20% del precio inicial y su precio sea igual o superior a 6.000.000 de euros
- Cuando la modificación no esté prevista en el Pliego y su cuantía aislada o conjuntamente sea igual o superior al 20% del precio inicial y su precio sea igual o superior 6.000.000 de euros
- Cuando la modificación no esté prevista en el Pliego y su cuantía aislada o conjuntamente sea superior al 20% del precio inicial y sea superior 6.000.000 de euros
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Cuando la modificación no esté prevista en el Pliego y su cuantía aislada o conjuntamente sea superior al 20% del precio inicial y su precio sea igual o superior a 6.000.000 de euros
La opción correcta reúne los dos requisitos que exige el precepto para la modificación no prevista en el pliego: que la cuantía sea superior al 20% del precio inicial, IVA excluido, y que el precio sea igual o superior a 6.000.000 de euros. Al ser condiciones acumulativas, las demás opciones fallan por alterar el umbral porcentual, la relación entre los requisitos o la cuantía mínima.