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Ley 9/2017 · Artículo 193
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Ley 9/2017 · Artículo 193 es un cuestionario de la categoría Contratación y Patrimonio, centrado en el repaso del artículo 193 de la Ley 9/2017 mediante 16 preguntas tipo test. El recurso trabaja la literalidad y la aplicación práctica de la norma a partir de situaciones sobre demora en el cumplimiento del plazo total, penalidades diarias, constitución en mora y facultades del órgano de contratación. El alumnado puede practicar la identificación de conceptos clave del precepto y familiarizarse con las formulaciones habituales de este artículo a través de preguntas relacionadas con la actuación de la Administración y las obligaciones del contratista.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Práctica enfocada en la demora del contratista en la ejecución contractual conforme al artículo 193 de la Ley 9/2017. Mediante preguntas de respuesta única se repasan la constitución en mora, las consecuencias del retraso imputable, el régimen de penalidades diarias, la posibilidad de que los pliegos modifiquen ese régimen y las facultades del órgano de contratación cuando se alcanzan determinados umbrales de penalización. Exige aplicar la secuencia prevista para el incumplimiento de plazos totales o parciales y distinguir las condiciones que permiten imponer penalidades o adoptar decisiones sobre la continuidad del contrato.
- Preguntas: 16 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 29 jul 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
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Pregunta 1
Según el artículo 193 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, ¿qué facultades tiene la Administración en caso de demora del contratista en el cumplimiento del plazo total del contrato por causas imputables a este?
- Puede únicamente imponer penalidades diarias de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido.
- Puede imponer penalidades diarias de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido, o resolver el contrato, atendidas las circunstancias del caso.
- Solo puede resolver el contrato en caso de incumplimiento del plazo total.
- La Administración no tiene facultades sancionadoras en caso de demora en la ejecución del contrato.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Puede imponer penalidades diarias de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido, o resolver el contrato, atendidas las circunstancias del caso.
La opción correcta recoge las dos facultades previstas para la demora imputable en el plazo total: imponer penalidades diarias o resolver el contrato. Además, esa decisión se adopta atendidas las circunstancias del caso. Las demás respuestas son incorrectas porque reducen la reacción administrativa a una sola medida o niegan esas facultades.