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Ley 9/2017 · Artículo 21
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
El artículo 21 de la Ley 9/2017 fija cuándo un contrato de suministro queda sujeto a regulación armonizada, también llamada SARA. Para resolver un caso, busca quién compra, el valor estimado sin IVA y si hay lotes.
El test reúne 19 preguntas. Trata los umbrales, la publicación en el DOUE y las excepciones por lotes. Incluye casos de la AGE, del Ministerio de Defensa y de la Comunidad de Madrid. La guía muestra cómo comprobar el límite de cada lote y el límite de su suma.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Para un suministro, compara el umbral con el valor estimado sin IVA. Desde enero de 2026, el apartado 1.a del artículo 21 fija 140.000 euros. Para los demás poderes adjudicadores, el umbral es de 216.000 euros. En las compras de defensa debes revisar también las precisiones que marca la ley.
La excepción por lotes exige dos cosas a la vez. Cada lote exceptuado debe valer menos de 80.000 euros. Además, la suma de esos lotes no puede superar el 20 % del valor del conjunto.
Supón que todos los lotes suman 500.000 euros. Su 20 % es 100.000. Dos lotes de 40.000 suman 80.000: cada uno queda bajo 80.000 y su suma bajo 100.000. Tres lotes iguales suman 120.000. En ese caso falla el límite de la suma, aunque cada lote siga bajo el límite individual.
- Preguntas: 19 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 10 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
2 preguntas con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
¿En qué casos los órganos de contratación podrán exceptuar de las normas de regulación armonizada? (art. 21 LCSP)
- En el caso de adjudicación de contratos de suministro por lotes, cuando el valor estimado de dichos lotes sea inferior a 209.000 €, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el 20 por 100 del valor acumulado de la totalidad de los mismos
- En el caso de adjudicación de contratos de suministro por lotes, cuando el valor estimado de dichos lotes sea inferior a 135.000 €, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el 25 por 100 del valor acumulado de la totalidad de los mismos
- En el caso de adjudicación de contratos de suministro por lotes, cuando el valor estimado de dichos lotes sea inferior a 100.000 €, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el 20 por 100 del valor acumulado de la totalidad de los mismos
- En el caso de adjudicación de contratos de suministro por lotes, cuando el valor estimado de dichos lotes sea inferior a 80.000 €, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el 20 por 100 del valor acumulado de la totalidad de los mismos
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: En el caso de adjudicación de contratos de suministro por lotes, cuando el valor estimado de dichos lotes sea inferior a 80.000 €, siempre que el importe acumulado de los lotes exceptuados no sobrepase el 20 por 100 del valor acumulado de la totalidad de los mismos
Deben cumplirse los dos límites: cada lote exceptuado tiene valor estimado inferior a 80.000 euros y la suma de los lotes exceptuados no supera el 20 % del total. Cumplir solo el límite individual no basta.
Pregunta 2
Según el artículo 21 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, el umbral desde el cual los Órganos de Contratación AGE deberán publicar las licitaciones de los contratos de suministros en el DOUE es:
- 221.000 €
- 214.000 €
- 750.000 €
- 140.000 €
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: 140.000 €
Desde el 1 de enero de 2026, el umbral general del artículo 21.1.a para suministros de la Administración General del Estado es 140.000 euros de valor estimado, sin IVA. En defensa, ese apartado se aplica a los productos del anexo II; deben comprobarse también las exclusiones legales.