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Ley 9/2017 · Artículo 234

Ley 9/2017 · Artículo 234

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Ley 9/2017 · Artículo 234 es una ficha educativa de tipo test dentro de la categoría Contratación y Patrimonio. El recurso propone un cuestionario de 12 preguntas para repasar este artículo mediante conceptos clave, literalidad y aplicación práctica de la norma. El alumnado puede trabajar cuestiones como las características de las obras, la contratación conjunta de la elaboración del proyecto y la ejecución, el informe de la oficina de supervisión, el replanteo de la obra, la comprobación de la realidad geométrica y la disponibilidad de los terrenos, así como el inicio de la ejecución del contrato y el acta de comprobación del replanteo. También se abordan supuestos relacionados con obras de infraestructuras hidráulicas, de transporte y de carreteras.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 12 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

Práctica de respuesta única sobre la contratación conjunta de proyecto y obra, la supervisión de proyectos y el replanteo en contratos de obras, a partir del artículo 234 de la Ley 9/2017. Las preguntas sitúan el carácter excepcional de la contratación conjunta y los supuestos que deben justificarse, junto con el informe de la oficina de supervisión. El bloque aborda la comprobación de la realidad geométrica y de la disponibilidad de los terrenos, las dispensas previstas para determinadas infraestructuras y el comienzo de la ejecución. También exige ordenar las actuaciones relativas al acta de comprobación del replanteo, incluida su expedición, para diferenciar requisitos previos, momentos procedimentales y efectos de cada trámite.

En una obra, el replanteo comprueba sobre el terreno la realidad geométrica y la disponibilidad de los terrenos necesarios para ejecutar el proyecto. No equivale a supervisar la calidad técnica de un proyecto ni a adjudicar el contrato. Si el enunciado describe medir o comprobar la implantación física, identifique esa operación antes de revisar los demás trámites.

  • Preguntas: 12 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 28 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

En un contrato de obras en el que el contratista presenta el proyecto al órgano de contratación, ¿qué trámite debe completarse antes de iniciar la ejecución si aparecen defectos o referencias de precios inadecuados en el proyecto recibido?

  1. Subsanación del proyecto y nueva supervisión, aprobación y replanteo
  2. Solo la formalización del contrato
  3. La recepción definitiva de la obra
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Subsanación del proyecto y nueva supervisión, aprobación y replanteo

El artículo 234 indica que, si se detectan defectos o precios inadecuados en el proyecto, debe requerirse su subsanación al contratista. La obra no puede empezar hasta que exista una nueva supervisión, aprobación y replanteo del proyecto. La formalización del contrato por sí sola no basta, y la recepción definitiva pertenece a una fase posterior.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar