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Ley 9/2017 · Artículo 3

Ley 9/2017 · Artículo 3

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Ley 9/2017 · Artículo 3 es una ficha educativa de tipo test centrada en el repaso del artículo 3 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. El recurso plantea preguntas sobre la consideración de sector público, poder adjudicador, administración pública, consorcios, universidades públicas, organismos autónomos y diputaciones provinciales, además de una referencia al artículo 1 sobre el objeto y ámbito de aplicación de la LCSP. Su enfoque combina conceptos clave, literalidad y aplicación práctica de la norma a través de 45 preguntas distribuidas en cuatro cuestionarios. El alumnado puede practicar la identificación de categorías jurídicas y la lectura precisa de los supuestos que aparecen en el artículo 3.

Cuestionario 1 de 4 Test 1 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

El artículo 3 de la LCSP obliga a distinguir entre sector público, Administraciones Públicas y poderes adjudicadores. No toda entidad pública encaja en la misma categoría, y esa diferencia determina cómo se contrata y qué régimen se aplica en cada caso. Por eso conviene fijarse en la naturaleza jurídica de cada ente y no solo en su denominación.

En este bloque aparecen organismos autónomos, corporaciones de derecho público, sociedades mercantiles, fundaciones y mutuas colaboradoras. La clasificación correcta depende de la relación de la entidad con el sector público, de su composición interna y de si reúne o no los requisitos legales exigidos para ser poder adjudicador o Administración Pública.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 9 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 2 preguntas con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Una corporación de derecho público profesional ¿Está sometido a la LCSP?

  1. En ningún caso
  2. Cuando cumpla los requisitos para ser poder adjudicador
  3. Sí, en tanto sujetos pertenecientes al sector público
  4. Exclusivamente los colegios profesionales
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Cuando cumpla los requisitos para ser poder adjudicador

Las corporaciones de derecho público no quedan sometidas a la LCSP por su sola naturaleza. La sujeción depende de que, en el caso concreto, reúnan los requisitos para ser poder adjudicador. Por eso la opción correcta es la que condiciona la respuesta a ese encaje legal.

Pregunta 2

Una sociedad mercantil cuyo capital pertenece en un 75% a una Mutua colaboradora ¿es sector público a efectos de la LCSP?

  1. Solo cuando todo su capital sea totalmente público
  2. No solo es sector público sino también poder adjudicador
  3. En todo caso, por imperativo del 3.1
  4. No
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: No

La respuesta es correcta porque una sociedad mercantil solo forma parte del sector público cuando su capital encaja en los supuestos legales previstos para estas entidades. Si el capital pertenece a una mutua colaboradora, no basta para integrarla automáticamente en el sector público en los términos del artículo 3, de modo que la opción “No” es la que mejor se ajusta al enunciado.

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