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Ley 9/2017 · Artículo 42

Ley 9/2017 · Artículo 42

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Comprende los efectos de la nulidad contractual y distingue restitución, indemnización y continuidad excepcional.

Fuente: BOE · artículo 42.

Cuestionario 1 de 3 Test 1 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

La nulidad firme de actos preparatorios o de adjudicación lleva consigo la del contrato y su liquidación. Las partes deben restituirse lo recibido o su valor cuando la devolución no sea posible; la parte culpable indemniza los daños causados.

Ejemplo: anular la adjudicación no significa conservar sin más el contrato y borrar únicamente una firma. Deben examinarse las consecuencias del artículo 42 y las prestaciones ya realizadas.

Si la nulidad produce un grave trastorno al servicio público, puede acordarse una continuidad temporal de efectos mientras se adoptan medidas urgentes. Esa excepción no convierte el contrato nulo en válido ni permite prolongarlo indefinidamente por comodidad.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 14 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

La nulidad firme de la adjudicación de un contrato produce, según el artículo 42, ¿qué consecuencia general?

  1. Nulidad del contrato y entrada en liquidación
  2. Validez automática de todo el contrato
  3. Solo cambio de nombre del adjudicatario
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Nulidad del contrato y entrada en liquidación

La nulidad firme de la adjudicación arrastra la del contrato y conduce a su liquidación. Las partes deben restituirse lo recibido; si no es posible, se devuelve su valor.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar