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Ley 9/2017 · Artículo 81
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Cuestionario de Ley 9/2017 · Artículo 81, dentro de la categoría Contratación y Patrimonio, orientado a repasar este contenido mediante 15 preguntas tipo test. El recurso se centra en la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, la clasificación de empresas y la vigencia y revisión de los acuerdos de clasificación, con preguntas sobre la conservación de la clasificación y la justificación del mantenimiento de la solvencia económica y financiera, así como de la solvencia técnica y profesional. El alumnado puede practicar la comprensión de la literalidad del artículo y la aplicación práctica de la norma a supuestos planteados en formato test.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Cuestionario de respuesta única sobre la clasificación empresarial, con especial atención a su inscripción, vigencia y revisión. Las preguntas combinan referencias al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado con casos de empresas clasificadas que deben mantener acreditada su solvencia. El repaso requiere separar los efectos de la inscripción de las reglas aplicables a la validez de la clasificación y a la justificación periódica de la solvencia económica, financiera, técnica o profesional. Predominan las cuestiones de precisión normativa y la aplicación de esos requisitos a situaciones planteadas.
- Preguntas: 15 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 29 jul 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
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Pregunta 1
Según el artículo 82 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, ¿qué periodo de validez tienen los acuerdos de clasificación inscritos en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas?:
- 2 años
- 5 años
- 1 año
- Indefinida
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Respuesta correcta: Indefinida
La opción correcta es “Indefinida” porque la clasificación no se presenta como una vigencia cerrada por un plazo concreto, sino como una situación que se mantiene mientras continúen las condiciones que sirvieron de base para su concesión. Por eso no encaja con periodos fijos como 1, 2 o 5 años.