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Ley 9/2017 · Artículo 88

Ley 9/2017 · Artículo 88

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Esta ficha educativa de Ley 9/2017 · Artículo 88, dentro de la categoría Contratación y Patrimonio, propone un cuestionario tipo test centrado en la solvencia técnica en los contratos de obras. El recurso plantea 16 preguntas que permiten repasar la literalidad del artículo y su aplicación práctica a partir de enunciados sobre formas de acreditación, ejecución de obras y certificados de buena ejecución. El alumnado puede familiarizarse con los conceptos clave que aparecen en el artículo 88 y comprobar cómo se formulan en preguntas de test. También puede practicar la identificación de los distintos medios de acreditación de la solvencia técnica en contratos de obras y reconocer los supuestos que se preguntan en relación con la ejecución de obras en los últimos años.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 16 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

En los contratos de obras, la solvencia técnica se acredita con medios concretos que permiten valorar experiencia y capacidad real para ejecutar la obra. Entre ellos figuran la relación de obras ejecutadas, los certificados de buena ejecución, la declaración sobre el personal técnico u organismos técnicos disponibles, los títulos académicos y profesionales, la plantilla media y el personal directivo, así como la maquinaria, material y equipo técnico de que se dispondrá. También puede valorarse la gestión medioambiental cuando proceda.

Cuando en el anuncio o en los pliegos no se concreten los medios admitidos, y además no sea exigible la clasificación, la acreditación se apoya en la relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, o en los últimos diez años para determinados subgrupos de clasificación. En clasificación, cuentan también reglas específicas sobre subgrupos, obras de sociedades extranjeras filiales controladas por el contratista y el cómputo de la obra ejecutada en el periodo correspondiente.

  • Preguntas: 16 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 9 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 2 preguntas con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Según el artículo 88 de la Ley 9/2017, en qué caso no podrá exigirse a efectos de acreditar solvencia técnica la ejecución de un número determinado de obras:

  1. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 1.000.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a tres años
  2. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a tres años
  3. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 1.000.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años
  4. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años

No puede exigirse la ejecución de un número determinado de obras en los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendida como la que tiene una antigüedad inferior a cinco años. La clave está en que concurran ambos requisitos para que opere esa limitación.

Pregunta 2

Según el artículo 88 de la Ley 9/2017, ¿por qué medio puede acreditarse la solvencia técnica en un contrato de obras?

  1. Mediante la relación de las obras ejecutadas en el curso de los seis últimos años
  2. Mediante la relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de obras pertinentes ejecutadas en los últimos 10 años.
  3. Mediante la relación de las obras ejecutadas en el curso de los cuatro últimos años
  4. Mediante la relación de las obras ejecutadas en el curso del último año
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Mediante la relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de obras pertinentes ejecutadas en los últimos 10 años.

La respuesta correcta es la que recoge la relación de obras ejecutadas en los últimos cinco años, con la salvedad de que, para ciertos subgrupos de clasificación, pueden tomarse en cuenta obras pertinentes de los últimos diez años. La distinción relevante es entre el plazo general y la ampliación prevista para esos subgrupos.

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