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Ley 9/2017 · Artículos 238-240 y 242

Ley 9/2017 · Artículos 238-240 y 242

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Ley 9/2017 · Artículos 238-240 y 242 es una ficha educativa de la categoría Contratación y Patrimonio, en formato test, centrada en el estudio de estos preceptos a través de 17 preguntas tipo test. El recurso propone repasar contenidos clave relacionados con las instrucciones del director facultativo de la obra, los supuestos de fuerza mayor y las certificaciones de obra, así como los abonos a cuenta vinculados a la obra ejecutada. El alumnado puede practicar la comprensión de estos artículos mediante cuestiones que plantean casos y formulaciones sobre su aplicación, con el objetivo de afianzar el contenido antes del examen.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 17 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

En la ejecución del contrato de obras, las instrucciones verbales del director facultativo solo vinculan cuando se ratifican por escrito. También conviene distinguir los supuestos de fuerza mayor que pueden dar lugar a indemnización de aquellos hechos excluidos por su origen imprudente o doloso. La materia exige separar con precisión el riesgo extraordinario ajeno al contratista de las situaciones que no generan ese derecho.

Las certificaciones de obra se expiden con carácter mensual y dentro de los diez primeros días del mes siguiente, como pagos a cuenta sujetos a la medición final. Ese abono provisional no supone aprobación ni recepción de la obra. En las modificaciones, importa diferenciar la supresión o reducción de unidades, la fijación de precios para obras no previstas y la posible continuidad provisional de la ejecución mientras se tramita el modificado.

  • Preguntas: 17 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 9 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 2 preguntas con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

¿Con qué periodicidad expedirá la Administración certificaciones de obra?

  1. Trimestralmente
  2. Mensualmente
  3. Semestralmente
  4. No hay periodicidad establecida
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Mensualmente

La respuesta correcta es la periodicidad mensual. No procede una cadencia trimestral o semestral, porque la certificación se emite para cada período mensual y se relaciona con el mes inmediatamente anterior.

Pregunta 2

¿Tendrá el contratista derecho a percibir abonos a cuenta sobre el importe de las certificaciones de obra?:

  1. No, en ningún caso
  2. En caso de que se prevea en el pliego de cláusulas administrativas particulares
  3. También por las operaciones preparatorias del contrato
  4. Es correcta la opción b), si se aseguran debidamente mediante la oportuna prestación de garantía)
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: También por las operaciones preparatorias del contrato

Sí. El contratista puede percibir abonos a cuenta no solo sobre la obra certificada, sino también por las operaciones preparatorias del contrato. Esos abonos tienen carácter provisional y quedan sometidos después a la comprobación de la medición final.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar