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Ley 9/2017 · Artículos 247-250, 257, 260-261, 263 y 265

Ley 9/2017 · Artículos 247-250, 257, 260-261, 263 y 265

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Esta ficha educativa de Ley 9/2017 · Artículos 247-250, 257, 260-261, 263 y 265 pertenece a la categoría Contratación y Patrimonio y se presenta en formato test. El recurso propone 10 preguntas tipo test centradas en aspectos clave de estos artículos, con especial atención al estudio de viabilidad, el anteproyecto de obras, la redacción y supervisión del proyecto, los pliegos del contrato de concesión, los derechos del concesionario, las zonas o espacios complementarios, la competencia para resolver dudas, el secuestro o intervención y la financiación de las obras objeto de concesión. Su enfoque permite repasar el contenido esencial de forma práctica y comprobar la comprensión de los distintos supuestos que aparecen en la materia.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 10 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

Práctica de respuesta única dedicada a diversos aspectos de la concesión de obras regulados en los artículos indicados. Las preguntas recorren la preparación del contrato, incluyendo el estudio de viabilidad, la información pública, el anteproyecto y el proyecto, así como el contenido de los pliegos y las mejoras planteadas por licitadores. También aborda derechos del concesionario, el uso de espacios complementarios, las facultades del órgano de contratación, la intervención de la concesión y la financiación de las obras. Exige relacionar cada actuación con la fase contractual correspondiente y discriminar entre derechos, límites, trámites y formas de gestión previstas.

  • Preguntas: 10 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 29 jul 2026.

Práctica Preguntas de muestra 1 pregunta con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

La Administración concedente podrá acordar motivadamente la sustitución del estudio de viabilidad del artículo 247 LCSP por:

  1. Una memoria
  2. Un proyecto de obra
  3. Un estudio de viabilidad económico-financiera
  4. Planos de estudio y de detalle
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Un estudio de viabilidad económico-financiera

La sustitución motivada no se hace por una memoria genérica ni por un proyecto de obra, sino por un estudio de viabilidad económico-financiera. La diferencia es importante porque ese documento cumple una función alternativa dentro de la preparación de la concesión. Por eso la respuesta correcta es la que nombra expresamente ese estudio.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar