test

Ley Orgánica 3/2007 · Disposición adicional primera y artículo 78

Ley Orgánica 3/2007 · Disposición adicional primera y artículo 78

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Esta ficha educativa de Ley Orgánica 3/2007 · Disposición adicional primera y artículo 78 propone un test centrado en la Igualdad de Oportunidades. El recurso plantea 11 preguntas tipo test sobre el Consejo de Participación de la Mujer, su finalidad y su papel como órgano colegiado de consulta y asesoramiento para la participación de las mujeres en la consecución efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres. También aborda la disposición adicional primera y el concepto de composición equilibrada, junto con cuestiones sobre la representación equilibrada en órganos colegiados. El alumnado puede repasar el contenido clave de estos apartados y comprobar si identifica correctamente los elementos que aparecen en el artículo 78 y en la disposición adicional primera. Además, permite practicar la comprensión de enunciados jurídicos breves y distinguir entre distintas formulaciones relacionadas con la composición, el funcionamiento y las competencias del Consejo de Participación de la Mujer.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 11 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

El Consejo de Participación de la Mujer es un órgano colegiado de consulta y asesoramiento que sirve de cauce para la participación de las mujeres en la consecución efectiva de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, así como en la lucha contra la discriminación por razón de sexo. Su función es participativa y consultiva. Por eso, conviene distinguirla de otros órganos con tareas ejecutivas o de coordinación.

En su composición debe garantizarse la participación del conjunto de las Administraciones públicas y de las asociaciones y organizaciones de mujeres de ámbito estatal. El régimen de funcionamiento, las competencias y la composición se establecen reglamentariamente, de modo que la norma fija la naturaleza y la finalidad del órgano y remite su desarrollo organizativo a una regulación posterior.

La disposición adicional primera define la presencia o composición equilibrada: ninguno de los dos sexos puede superar el 60 % ni ser inferior al 40 %. Este criterio no exige una igualdad exacta. Pero sí una representación suficientemente equilibrada entre mujeres y hombres.

  • Preguntas: 11 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 10 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 2 preguntas con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Según el artículo 78, ¿qué objetivo tiene el Consejo de Participación de la Mujer?

  1. Supervisar los planes de formación profesional
  2. Servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución de la igualdad de trato y oportunidades
  3. Coordinar actividades empresariales en favor de la igualdad
  4. Ninguna es correcta
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: Servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución de la igualdad de trato y oportunidades

La opción correcta recoge la finalidad esencial del Consejo: servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución de la igualdad de trato y de oportunidades. Las demás respuestas se apartan de esa función, porque se refieren a formación profesional o coordinación empresarial, que no forman parte de su cometido. La clave es identificar su papel consultivo y de asesoramiento.

Pregunta 2

¿Qué garantiza el artículo 78 respecto a la composición del Consejo de Participación de la Mujer?

  1. La participación de todos los grupos parlamentarios.
  2. La participación de las Administraciones públicas y asociaciones de mujeres de ámbito estatal.
  3. La inclusión de organizaciones internacionales de derechos humanos.
  4. La representación equitativa de hombres y mujeres en el consejo.
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: La participación de las Administraciones públicas y asociaciones de mujeres de ámbito estatal.

La respuesta correcta coincide con la previsión sobre su composición, que garantiza la participación de las Administraciones públicas y de asociaciones y organizaciones de mujeres de ámbito estatal. Las otras opciones no reflejan esa garantía específica: ni se limitan a grupos parlamentarios, ni incorporan organizaciones internacionales, ni enuncian el contenido literal de esa previsión. Aquí importa distinguir la composición del órgano de la regla general de equilibrio entre sexos.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar