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Operatoria contable · Reglas 6, 7 y 77
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Esta ficha de Opocamp, Operatoria contable · Reglas 6, 7 y 77, se centra en la operatoria contable aplicada a la ejecución del gasto del Estado. El recurso propone un cuestionario tipo test con 10 preguntas para repasar el contenido clave de la Orden de 1 de febrero de 1996 y familiarizarse con distintos supuestos recogidos en las reglas 6, 7 y 77. El alumnado puede trabajar cuestiones sobre subvenciones nominativas, expedientes de expropiación forzosa, la uso del documento mixto ADOK, la no disponibilidad de una parte de un crédito consignado en el presupuesto de gastos y los compromisos de gasto derivados de contratos. También aborda la emisión de documentos contables en contratos administrativos una vez adjudicados y formalizados. Esta ficha está pensada para comprobar conocimientos y practicar antes del examen, con un enfoque directo sobre los documentos contables y los casos en que se expiden.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
En subvenciones nominativas, el momento relevante es el acuerdo de concesión: ahí se pasa a un documento de autorización y compromiso. Esto se debe a que ya existe una decisión administrativa concreta sobre el gasto. En expropiaciones forzosas, pueden acumularse fases en el documento correspondiente cuando el acto administrativo apruebe, comprometa y reconozca la obligación con los requisitos exigidos.
En la operatoria de no disponibilidad de créditos, la lógica es distinta: no se trata de iniciar un gasto, sino de bloquear o inmovilizar una parte del crédito consignado. En los contratos administrativos, al inicio del expediente se reserva crédito del ejercicio corriente y, si procede, de ejercicios posteriores; después, una vez adjudicado y formalizado, se expide el documento de compromiso correspondiente.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 10 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
2 preguntas con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
Según la regla 77 de la Orden 1 de febrero de 1996 por la que se aprueba la instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, como regla general, en los compromisos de gastos derivados de contratos, ¿qué documento debe emitir el servicio gestor al inicio de un expediente de contratación?
- RC de ejercicio corriente y, en su caso, RC de ejercicios posteriores
- D de ejercicio corriente y, en su caso, RC de ejercicios posteriores
- O de ejercicio corriente y, en su caso, MC de ejercicios posteriores
- A de ejercicio corriente y, en su caso, RC de ejercicios posteriores
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: RC de ejercicio corriente y, en su caso, RC de ejercicios posteriores
Al inicio de un expediente de contratación todavía no existe compromiso definitivo del gasto, sino una reserva del crédito necesaria para poder tramitarlo. Por eso el documento que corresponde es RC, referido al ejercicio corriente y, si el contrato se extiende en el tiempo, también a ejercicios posteriores. La distinción importante es que se reserva crédito antes de la adjudicación, no se reconoce todavía obligación ni se formaliza el compromiso final.
Pregunta 2
¿Qué diferencia hay entre declarar un crédito no disponible y reconocer una obligación frente a un proveedor?
- La no disponibilidad impide utilizar la dotación; reconocer la obligación declara una deuda exigible
- Son dos nombres del mismo pago material
- Ambas operaciones crean una subvención nominativa
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: La no disponibilidad impide utilizar la dotación; reconocer la obligación declara una deuda exigible
La no disponibilidad afecta a la utilización del crédito y no acredita una prestación de un tercero. El reconocimiento requiere verificar la prestación o el derecho del acreedor. Distinguir esos efectos es previo a elegir el documento contable correspondiente.