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Ley de Enjuiciamiento Criminal · Artículos 176, 178-180 y 183
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Esta ficha educativa de Ley de Enjuiciamiento Criminal · Artículos 176, 178-180 y 183 propone un test de 10 preguntas para repasar contenidos clave del proceso penal. El recurso se centra en cuestiones sobre citaciones, notificaciones y emplazamientos, así como en aspectos relacionados con la comparecencia, la práctica de diligencias y la actuación de Jueces y Tribunales. También aborda supuestos sobre el domicilio desconocido y sobre la corrección de retrasos en la gestión de despachos confiados al procurador. El alumnado puede comprobar su comprensión de estos artículos a través de preguntas tipo test que recogen situaciones concretas y formulaciones jurídicas habituales en la materia.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
En estos artículos se regulan las consecuencias de la incomparecencia y el modo de actuar cuando alguien debe ser citado, notificado o emplazado. En un primer llamamiento puede imponerse una multa si no comparece. Pero ese apercibimiento debe quedar expresamente indicado en la cédula. Si la persona es citada o emplazada por segunda vez y tampoco comparece, el aviso se agrava y puede pasar a una consecuencia penal por obstrucción a la justicia.
También se ordena qué hacer cuando no consta domicilio conocido: el Juez instructor debe disponer lo necesario para averiguarlo. Una vez practicada la diligencia, la cédula original con la actuación realizada se une a los autos. Además, los actos de comunicación que no se hayan practicado con las formalidades exigidas pueden llegar a surtir efecto desde que el interesado se da por enterado en el juicio, y los jueces y tribunales deben auxiliarse mutuamente en las diligencias necesarias para la causa penal.
- Preguntas: 10 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 10 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
2 preguntas con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
¿Qué sanción se le puede imponer al obligado a concurrir a un primer llamamiento, si dejare de hacerlo?:
- Una multa de 200 a 5000 euros, siempre y cuando se hiciere saber en la cédula de citación o emplazamiento
- Una multa de 200 a 2000 euros, siempre y cuando se hiciere saber en la cédula de citación o emplazamiento
- Una multa de 200 a 5000 euros, aunque no se hiciere saber dicha obligación, en la cédula de citación o emplazamiento
- Una multa de 500 a 5000 euros
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Una multa de 200 a 5000 euros, siempre y cuando se hiciere saber en la cédula de citación o emplazamiento
La respuesta correcta es la multa de 200 a 5000 euros, siempre que ese apercibimiento figure en la cédula de citación o emplazamiento. La clave del precepto no es solo la cuantía, sino la exigencia de que el obligado haya sido advertido formalmente antes de su incumplimiento.
Pregunta 2
¿Qué apercibimiento se le puede hacer cuando se le cita o se le emplaza por segunda vez, en el caso de no comparecer?:
- Ser perseguido por el delito de obstrucción a la justicia
- Ser perseguido por el delito de desobediencia a la autoridad
- Ser perseguido por el delito de denegación de auxilio
- Ser perseguido por el delito de atentando contra la autoridad
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: Ser perseguido por el delito de obstrucción a la justicia
La opción correcta es la de ser perseguido por el delito de obstrucción a la justicia. En este supuesto, la norma diferencia el segundo incumplimiento del primer llamamiento, ya que aquí no se insiste en una multa, sino en una advertencia de posible consecuencia penal.