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Ley de Enjuiciamiento Criminal · Artículos 303-304, 306-308 y 309 bis
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Ley de Enjuiciamiento Criminal · Artículos 303-304, 306-308 y 309 bis es una ficha educativa de Derecho Penal en formato test que propone 14 preguntas sobre estos preceptos. El recurso se centra en la formación del sumario, la intervención de distintos órganos judiciales y del Ministerio Fiscal, y supuestos relacionados con la instrucción de causas y su tramitación. A través de sus preguntas, el alumnado puede repasar conceptos clave vinculados con la actuación del Juez de Instrucción, el Juez de paz y otras cuestiones procesales recogidas en el contenido del test. También permite comprobar la comprensión de situaciones prácticas planteadas en los enunciados, sin revelar las respuestas.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
La instrucción ordinaria corresponde al órgano instructor competente. El artículo 304 conserva reglas sobre designación de juez especial por circunstancias extraordinarias y atribuye a la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo la designación prevista para delitos en territorios de más de una Audiencia territorial. Son las denominaciones literales del precepto histórico: al estudiar la organización judicial actual hay que distinguirlas de los órganos regulados por la legislación orgánica vigente.
En la instrucción de los delitos públicos, los jueces actúan bajo la inspección directa del Fiscal del tribunal competente. Esto refuerza el control del ministerio público sobre la investigación. La norma también permite el uso de medios técnicos cuando existan en el órgano judicial, incluida la comparecencia del artículo 505, y habilita la intervención del Ministerio Fiscal por videoconferencia en los supuestos previstos. La idea central es combinar dirección judicial, control fiscal y flexibilidad técnica sin alterar las garantías procesales.
- Preguntas: 14 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 10 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
2 preguntas con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
¿Quién tiene la facultad para designar cuando proceda Juez especial que conozca de delito o delitos cometidos en lugares pertenecientes a la jurisdicción de más de una Audiencia territorial (hoy TSJ)?:
- La Sala de Gobierno del TSJ
- La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo
- El Consejo General del Poder Judicial
- El Ministro de Justicia
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Respuesta correcta: La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo
La competencia para designar, cuando proceda, al Juez especial corresponde a la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo. La clave está en que el supuesto afecta a delitos cometidos en lugares pertenecientes a jurisdicciones de más de una Audiencia territorial, lo que exige una atribución específica distinta de la Sala de Gobierno del TSJ. Por eso la opción correcta es la del Tribunal Supremo.
Pregunta 2
¿Bajo la inspección de quién formarán los Jueces de Instrucción el sumario?:
- Los sumarios de los delitos públicos bajo la inspección directa del Fiscal del Tribunal competente
- Del letrado de la administración de justicia
- Los sumarios de los delitos públicos y privados bajo la inspección directa del Fiscal del Tribunal competente
- Bajo la inspección directa del tribunal encargado del enjuiciamiento
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Respuesta correcta: Los sumarios de los delitos públicos bajo la inspección directa del Fiscal del Tribunal competente
El sumario de los delitos públicos se forma bajo la inspección directa del Fiscal del Tribunal competente. La pregunta no se refiere al letrado de la Administración de Justicia ni al tribunal sentenciador, sino al control funcional previsto para la instrucción. Además, la referencia se limita a delitos públicos, no a todos los delitos.