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Ley de Enjuiciamiento Criminal · Artículos 422, 426, 429-430, 433, 437 y 440
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Ley de Enjuiciamiento Criminal · Artículos 422, 426, 429-430, 433, 437 y 440 es una ficha educativa de Derecho Penal en formato test que propone un cuestionario de 13 preguntas sobre estos preceptos. El recurso se centra en repasar el contenido clave a través de cuestiones planteadas en distintos supuestos, con temas como la citación de testigos, la declaración de los testigos, el requerimiento al demandado y la audiencia previa. También aborda situaciones en las que, tras la demanda o la contestación, aparece un hecho relevante para las pretensiones de las partes, así como casos en los que la discrepancia queda reducida a cuestiones jurídicas. El alumnado puede practicar la comprensión de estos artículos y familiarizarse con el tipo de enunciados que aparecen en el test.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Si el testigo reside fuera del partido o término del instructor, el artículo 422 evita exigirle comparecencia presencial salvo necesidad absoluta para comprobar el delito o reconocer al autor, acordada mediante auto motivado. La residencia lejana no elimina el deber de colaborar con la investigación: cambia la forma de practicar la diligencia.
El testigo declara oralmente y no puede leer respuestas preparadas, aunque el artículo 437 permite consultar apuntes sobre datos difíciles de recordar. Los testigos mayores de edad penal prestan juramento o promesa y reciben información comprensible sobre el deber de veracidad. La declaración se graba por medios audiovisuales conforme al artículo 433.
- Preguntas: 13 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 10 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
2 preguntas con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
Si el testigo residiere fuera del partido o término municipal del Juez que instruye el sumario:
- El Juez instructor le mandará comparecer a su presencia a no ser que no lo considerare necesario
- Estará exento de comparecer a declarar
- El Juez instructor se abstendrá de mandarle comparecer a su presencia, en todo caso
- El Juez instructor se abstendrá de mandarle comparecer a su presencia, a no ser que lo considere absolutamente necesario para la comprobación del delito o para el reconocimiento de la persona del delincuente
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: El Juez instructor se abstendrá de mandarle comparecer a su presencia, a no ser que lo considere absolutamente necesario para la comprobación del delito o para el reconocimiento de la persona del delincuente
La regla no impone la comparecencia automática del testigo que vive fuera del partido o término municipal del juez instructor. Solo se le llamará a presencia del juez cuando esa comparecencia sea absolutamente necesaria para comprobar el delito o para reconocer al delincuente. Por eso la opción correcta es la que recoge esa excepción y no las que afirman una obligación general o una exención absoluta.
Pregunta 2
¿Puede un testigo leer una respuesta preparada durante su declaración?
- No, aunque puede consultar apuntes sobre datos difíciles de recordar
- Sí, sin límites
- Solo si la escribe su abogado
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: No, aunque puede consultar apuntes sobre datos difíciles de recordar
El artículo 437 impone la declaración de viva voz y prohíbe leer respuestas escritas, pero admite consultar apuntes o memoria con datos difíciles de recordar.