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Ley de Enjuiciamiento Criminal · Artículos 422, 426, 429-430, 433, 437 y 440

Ley de Enjuiciamiento Criminal · Artículos 422, 426, 429-430, 433, 437 y 440

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Ley de Enjuiciamiento Criminal · Artículos 422, 426, 429-430, 433, 437 y 440 es una ficha educativa de Derecho Penal en formato test que propone un cuestionario de 13 preguntas sobre estos preceptos. El recurso se centra en repasar el contenido clave a través de cuestiones planteadas en distintos supuestos, con temas como la citación de testigos, la declaración de los testigos, el requerimiento al demandado y la audiencia previa. También aborda situaciones en las que, tras la demanda o la contestación, aparece un hecho relevante para las pretensiones de las partes, así como casos en los que la discrepancia queda reducida a cuestiones jurídicas. El alumnado puede practicar la comprensión de estos artículos y familiarizarse con el tipo de enunciados que aparecen en el test.

Cuestionario 1 de 1 Test 1 13 preguntas50% para superar

Resumen del cuestionario

Si el testigo reside fuera del partido o término del instructor, el artículo 422 evita exigirle comparecencia presencial salvo necesidad absoluta para comprobar el delito o reconocer al autor, acordada mediante auto motivado. La residencia lejana no elimina el deber de colaborar con la investigación: cambia la forma de practicar la diligencia.

El testigo declara oralmente y no puede leer respuestas preparadas, aunque el artículo 437 permite consultar apuntes sobre datos difíciles de recordar. Los testigos mayores de edad penal prestan juramento o promesa y reciben información comprensible sobre el deber de veracidad. La declaración se graba por medios audiovisuales conforme al artículo 433.

  • Preguntas: 13 activas en este test.
  • Criterio de superación: 50% de aciertos.
  • Orden: puede variar entre intentos.

Última actualización editorial: 10 sept 2026.

Práctica Preguntas de muestra 2 preguntas con respuesta

Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.

Pregunta 1

Si el testigo residiere fuera del partido o término municipal del Juez que instruye el sumario:

  1. El Juez instructor le mandará comparecer a su presencia a no ser que no lo considerare necesario
  2. Estará exento de comparecer a declarar
  3. El Juez instructor se abstendrá de mandarle comparecer a su presencia, en todo caso
  4. El Juez instructor se abstendrá de mandarle comparecer a su presencia, a no ser que lo considere absolutamente necesario para la comprobación del delito o para el reconocimiento de la persona del delincuente
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: El Juez instructor se abstendrá de mandarle comparecer a su presencia, a no ser que lo considere absolutamente necesario para la comprobación del delito o para el reconocimiento de la persona del delincuente

La regla no impone la comparecencia automática del testigo que vive fuera del partido o término municipal del juez instructor. Solo se le llamará a presencia del juez cuando esa comparecencia sea absolutamente necesaria para comprobar el delito o para reconocer al delincuente. Por eso la opción correcta es la que recoge esa excepción y no las que afirman una obligación general o una exención absoluta.

Pregunta 2

¿Puede un testigo leer una respuesta preparada durante su declaración?

  1. No, aunque puede consultar apuntes sobre datos difíciles de recordar
  2. Sí, sin límites
  3. Solo si la escribe su abogado
Ver respuesta y explicación

Respuesta correcta: No, aunque puede consultar apuntes sobre datos difíciles de recordar

El artículo 437 impone la declaración de viva voz y prohíbe leer respuestas escritas, pero admite consultar apuntes o memoria con datos difíciles de recordar.

Documentación Fuentes de consulta 1 referencia para contrastar