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Real Decreto Legislativo 8/2015 · Artículo 191
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Esta ficha educativa de Seguridad Social se centra en Real Decreto Legislativo 8/2015 · Artículo 191 y propone un cuestionario tipo test para repasar su contenido. El recurso reúne 15 preguntas orientadas a trabajar la literalidad y la aplicación práctica de la norma, con especial atención a la prestación económica por cuidado de hijos o personas sujetas a guarda con fines de adopción o acogida con carácter permanente menores de 18 años afectados por cáncer u otra enfermedad grave. También aborda cuestiones vinculadas con el artículo 192 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, como la base reguladora, la gestión y el pago de la prestación, y el plazo de prescripción para ejercitar el derecho al reconocimiento. El alumnado puede practicar la identificación de artículos, la comprensión de supuestos normativos y el repaso de conceptos clave relacionados con esta materia.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Trabaja supuestos sobre la prestación económica ligada al cuidado, comparando cálculo sobre base reguladora, reconocimiento y gestión y pago. También contrasta la continuidad del cuidado tras alcanzar la mayoría de edad con el concepto de incapacidad permanente contributiva: reducciones anatómicas o funcionales, tratamiento previo, recuperación y relación con la capacidad laboral.
- Preguntas: 15 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 29 jul 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
Resuelve cada pregunta y pulsa «Ver respuesta» para comprobar la solución.
Pregunta 1
De acuerdo con lo regulado en el artículo 192 del Real Decreto Legislativo 8/2015, por el que se regula el TR de la Ley General de la Seguridad Social, ¿cuál es el porcentaje aplicable a la base reguladora para proceder al cálculo de la prestación económica por cuidado de hijos o personas sujetas a guarda con fines de adopción o acogida con carácter permanente, menores de 18 años, afectados por cáncer u otra enfermedad grave?
- 100% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, y en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo
- 100% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, y en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo
- 75% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, y en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo
- 75% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, y en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: 100% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, y en proporción a la reducción que experimente la jornada de trabajo
La respuesta correcta es la que combina dos ideas: el subsidio se calcula sobre el 100 % de la base reguladora de la incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales y, además, se ajusta a la reducción de jornada que realmente exista. Por eso la opción elegida recoge tanto el porcentaje de base como la proporcionalidad respecto de la jornada reducida.