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Real Decreto Legislativo 8/2015 · Artículo 227
Guía pública de estudio
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Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Cuestionario para repasar el Real Decreto Legislativo 8/2015 · Artículo 227 mediante 13 preguntas tipo test. Este recurso de Seguridad Social se centra en la literalidad y en la aplicación práctica de la norma a través de situaciones concretas sobre convenio especial, pensión en favor de familiares, indemnización a tanto alzado y pensión de viudedad. El alumnado puede practicar la identificación de requisitos, supuestos de suspensión y restablecimiento de prestaciones, así como el reconocimiento de quién puede tener derecho en casos de muerte por accidente de trabajo, enfermedad profesional o accidente no laboral. También permite comprender cómo se plantea la base reguladora de la pensión de viudedad en distintos escenarios recogidos en el artículo.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
Práctica de preguntas de respuesta única sobre la protección por muerte y supervivencia vinculada al artículo 227 de la LGSS. El ejercicio se centra en identificar los supuestos de indemnización a tanto alzado por fallecimiento derivado de accidente de trabajo o enfermedad profesional, las personas que pueden resultar beneficiarias y la relación con otras prestaciones familiares. También incluye cuestiones sobre la suspensión y el eventual restablecimiento de pensiones en favor de familiares. El repaso exige distinguir cuidadosamente entre contingencias, beneficiarios y compatibilidades, además de aplicar las reglas planteadas para el cálculo de la base reguladora de la pensión de viudedad según la situación del causante y el origen del fallecimiento.
- Preguntas: 13 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 29 jul 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
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Pregunta 1
Según el artículo 227.1 LGSS, en caso de muerte por accidente de trabajo o enfermedad profesional, ¿quiénes tienen derecho a una indemnización a tanto alzado?
- El cónyuge superviviente, el sobreviviente de una pareja de hecho y los huérfanos.
- Solo el cónyuge superviviente.
- El cónyuge superviviente y los ascendientes que vivieran a expensas del fallecido.
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: El cónyuge superviviente, el sobreviviente de una pareja de hecho y los huérfanos.
El precepto reconoce esa indemnización al cónyuge superviviente, al sobreviviente de una pareja de hecho en los términos legales y a los huérfanos. La opción de los ascendientes no es la regla general del apartado 1, porque el padre o la madre solo pueden acceder en el supuesto subsidiario del apartado 2. Tampoco se limita únicamente al cónyuge.