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Tratado de la UE. Retirada de la UE

Tratado de la UE. Retirada de la UE

Guía pública de estudio

Materia Sobre esta materia Contenido, alcance y objetivos del recurso

Esta lección llamada "Tratado de la UE. Retirada de la UE" te explica fácilmente el procedimiento de retirada de un Estado miembro de la Unión Europea, regulado en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea.

Definimos las fases del proceso de retirada, desde la notificación al Consejo Europeo hasta la negociación del acuerdo de retirada, y qué ocurre si no se alcanza un acuerdo en el plazo. Además repasamos el caso del Brexit como ejemplo práctico, analizando qué pasos debería seguir un Estado para reingresar después en la Unión Europea.

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Resumen de la lección

El artículo 50 del Tratado de la Unión Europea regula la retirada de un Estado miembro. A diferencia de la adhesión, el Estado notifica al Consejo Europeo su intención de salir: no solicita autorización. La Unión negocia con él un acuerdo que organiza la retirada y tiene en cuenta el marco de las relaciones futuras. El Consejo concluye ese acuerdo en nombre de la Unión por mayoría cualificada, después de obtener la aprobación del Parlamento Europeo.

Si el acuerdo fija una fecha, los Tratados dejan de aplicarse entonces. Si no se alcanza, dejan de aplicarse dos años después de la notificación, salvo que el Consejo Europeo prorrogue ese plazo por unanimidad y de acuerdo con el Estado saliente. Ese Estado no participa en las deliberaciones ni en las votaciones del Consejo Europeo o del Consejo sobre la retirada. Para volver a entrar, debe iniciar el procedimiento de adhesión del artículo 49 TUE.

Objetivos de aprendizaje

  • Distinguir la notificación de retirada de una solicitud de adhesión.
  • Explicar cómo se negocia y concluye el acuerdo entre la Unión y el Estado saliente.
  • Calcular desde qué momento dejan de aplicarse los Tratados si no hay acuerdo.
  • Identificar las condiciones para prorrogar el plazo y las reglas de participación del Estado saliente.
  • Describir el procedimiento que debe seguir un Estado que quiera volver a ingresar en la Unión.

Puntos clave

  • La retirada se regula en el artículo 50 TUE y empieza con una notificación al Consejo Europeo.
  • La Unión y el Estado saliente negocian un acuerdo; el Consejo lo concluye por mayoría cualificada tras la aprobación del Parlamento Europeo.
  • Sin acuerdo, los Tratados dejan de aplicarse dos años después de la notificación.
  • El Consejo Europeo puede ampliar el plazo por unanimidad y de acuerdo con el Estado saliente.
  • El Estado saliente no participa en determinadas deliberaciones y votaciones sobre su retirada.
  • El regreso exige iniciar de nuevo el procedimiento de adhesión del artículo 49 TUE.

Última actualización editorial: 10 sept 2026.

Leer la transcripción de la lección

Dentro del ámbito de la unión europea y finalizando ya con el tratado de la Unión Europea. Vamos a hablar del proceso de retirada de la unión de la manera en que este proceso se regula en el artículo 50 del tratado de la unión europea, sin ampliar, eh, mucho más. Tengamos en cuenta que hemos visto en otros momentos, pues anteriores, eh, el procedimiento de adhesión como un estado podía solicitar que adherirse no a la unión europea, es decir, que se abriera el procedimiento de esa adhesión. Ahora, sin embargo, estamos hablando del supuesto en el cual, ya existiendo, no y formando parte de la Unión Europea y estando dentro de los procedimientos dentro de las instituciones de la unión, un determinado estado decide romper con la unión y salirse no de la misma.

Es lo que sucedió con Gran Bretaña a través del procedimiento que conocemos, como el Brexit, no que fue conocido, eh, con este nombre en este caso, cuando estamos hablando de irnos de la unión europea, cualquier estado que forme parte de la unión, es decir, cualquier estado miembro, va a poder retirarse de la Unión y para ello, dirigir una notificación a la propia unión, eh, me centro en eso en el sentido de que cuando un estado se va o se quiere ir mejor dicho, no solicita que le dejen irse, sino que en este caso lo notifica. Y esa es una diferencia importante, una diferencia sutil pero importante, respecto de todo el procedimiento de adhesión, el procedimiento de adhesión.

Solicitamos, no pedimos permiso, me gustaría entrar ahora simplemente notificó ó oye, me voy con lo cual no es una solicitud, sino una notificación y además, es una notificación que, en principio el estado miembro va a dirigir al consejo europeo. El estado notifica su intención al consejo europeo, porque es importante que sean ahora desde, digamos, el punto más alto, no de las instituciones de la unión, donde tenemos las decisiones estratégicas, las decisiones más genéricas donde de algún modo se plantee este asunto. No, por eso es ahí en el consejo europeo, donde están representados los jefes de estado y los jefes de gobierno.

A partir de aquí vamos a abrir también un proceso de negociación, porque si no sería decir, me voy y sería irnos por las bravas y que directamente todos los tratados dejaran de aplicarse, que, por lo tanto, todos los derechos de los ciudadanos del estado que se va, pues dejarán de existir y entre ellos, eh, los derechos, me refiero los que la Unión le da claro y entre ellos, pues el derecho a circular libremente, salir y entrar, no del estado y y poder ir a cualquier otro país de la propia unión. Entonces todo esto desaparece en el momento en el que un estado se va esa libre circulación, esa libertad de residencia, de tal manera que lo que se hace es abrir un proceso, digamos que que llevo un tiempo, un proceso en el cual se trata de alcanzar un acuerdo.

Por eso decimos que, a la luz de las orientaciones del consejo europeo, porque es él el consejo europeo el que señalará de algún modo las directrices a seguir en ese proceso de retirada, es decir, en esas relaciones tanto presentes en el sentido de cómo rompemos con ese estado como futuras, cómo vamos a relacionarnos a partir de ahora con ese estado? Pues haya que seguir siguiendo esas directrices que el consejo europeo establece, la Unión negocia con ese estado que quiere marcharse un acuerdo de retirada de tal manera que ese acuerdo de retirada se va a celebrar entre ese estado. Vale, ese estado que se quiere ir.

Y la unión europea, cuando hablamos de la adhesión, decíamos que había un acuerdo para iniciar el proceso de adhesión, pero ese acuerdo se celebraba entre el estado solicitante y los estados que forman parte de la unión, no la propia unión, sino los estados que forman parte de la unión, porque cuando alguien solicita de irse, todos los estados deben estar de acuerdo. Pero ahora, sin embargo, estamos hablando, no de entrar, sino de irnos. Por lo tanto, en este caso el acuerdo lo celebra la unión con el estado que ha notificado que se quiere ir. La idea, como digo, es ver el modo en el que los tratados tratado de la unión tratado de funcionamiento. El unión va a dejar de aplicarse a ese estado hasta ahora miembro que va a dejar de serlo, no.

Si hay un acuerdo en ese propio acuerdo, se señala cuál es el momento a partir del cual los tratados dejan de aplicarse a ese estado que se va y, por lo tanto, el estado queda fuera. Pero el problema está cuando no hay acuerdo que sucede si no hay acuerdo, no en qué momento entendemos que el estado que ha solicitado irse efectivamente se va bueno. El plazo que se establece en este caso va a ser un plazo de dos años de tal manera que, pasados dos años, desde el momento, en el cual se ha notificado laici la la notificación, vamos, la intención de irse al consejo europeo, es decir, se ha remitido no al consejo europeo. Esa notificación de, oye, me voy, pues, pasados dos años los tratados dejan de aplicarse a ese estado que ha solicitado irse. Lo que quiere decir que si los tratados ya no se te aplican, es que estás fuera de la unión.

Entonces, si hay acuerdo, genial, pero si no hay acuerdo, diríamos, dejan de aplicarse de esos tratados y, por lo tanto, radicalmente, digamos de un día para otro quedarías sin esos derechos que en la pertenencia a la unión te concede y sin las obligaciones, efectivamente también en el caso, por ejemplo, del Reino Unido, se negoció un acuerdo, un acuerdo de retirada. Pero es cierto que, mmm sea, se aproximaba el plazo de los dos años y el acuerdo no acababa de salir, con lo cual se decidió prorrogarlo y se decidió prorrogar ese plazo de negociación porque realmente es posible no el con propio consejo europeo puede, de acuerdo siempre con ese estado que se va a retirar, porque es una negociación de dos prorrogar ese plazo.

Para ello es necesario que lo haga el consejo europeo en desde el punto de vista del unión, el consejo europeo y por unanimidad, y esto sucedió en el caso del reino unido, sucedió en el caso del Brexit. Lo que se hizo fue, eh, ampliar, prorrogar ese plazo de dos años, porque en los dos años, pues no daba absolutamente tiempo no todas estas negociaciones que se van a llevar a cabo y todos esos acuerdos que se van a llevar a cabo en el seno del consejo o en el seno del consejo europeo. Hay que hacerlos, evidentemente, eh, salvaguardando los intereses de la Unión.

Y para ello vamos a señalar que es estado que se va de la unión, ese estado que se quiere ir de la Unión, que está diciendo, oye, yo me marcho y a partir de ahora anunciamos ese acuerdo, eh, no va a participar en las votaciones ni en las deliberaciones de estas dos instituciones cuando se va a deliberar o se va a votar sobre cuestiones que le afectan. Evidentemente, si, por ejemplo, vamos a celebrar una reunión del consejo europeo para ver si prorrogamos el plazo o no, como decía antes, no, si ampliamos ese plazo de dos años o no, y necesitamos unanimidad. Además, decíamos antes, pues, en esa reunión y en esa votación el estado que se va a ir no participa, entonces podría incluso llegar a boicotearnos no la decisión que tomáramos.

En cualquier caso, eso se realizaría así, una vez que el estado se va, en el caso del Reino Unido, no una vez que el Brexit ya se ha producido y el reino unido no pertenece a la Unión Europea. Bueno, pues una vez un estado que era miembro se va de la Unión, si quiere volver, no vale con decir bueno, rompemos ese acuerdo de retirada, sino que si quiere volver, va a tener que iniciar desde el principio el procedimiento o el proceso de adhesión al que nos referíamos el otro día y que se regula en el artículo 49 del tratado de la unión europea. Es cierto que si ya has estado en la unión, pues seguramente te sea más sencillo volver, porque las adaptaciones que tengas que hacer seguramente serán menores respecto de las que otro país tenga que hacer, no respecto de las que otro estado tenga que hacer.

Pero lo cierto es que vas a tener que solicitar y vas a necesitar el acuerdo de todos los estados miembros aceptándote no en la Unión, eh, de nuevo, decíamos decir bueno, con esto no vamos a profundizar mucho más en este procedimiento retirada. Gracias.

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