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Tratado de la Unión Europea · Artículo 50
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
Cuestionario para repasar el Tratado de la Unión Europea · Artículo 50 mediante 12 preguntas tipo test. Este recurso se centra en la retirada de un Estado miembro de la Unión Europea y en los elementos que aparecen en el artículo 50 del TUE, como la notificación de la intención de retirarse al Consejo Europeo, la negociación del acuerdo de retirada y la intervención del Consejo en nombre de la Unión. El alumnado puede practicar conceptos clave, literalidad y aplicación práctica de la norma a partir de cuestiones sobre quién decide la retirada, a quién se comunica y cómo se aborda el proceso de salida. También permite familiarizarse con el contenido del Tratado de la Unión Europea · Artículo 50 en formato de test.
Cuestionario
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Test 1
Resumen del cuestionario
El artículo 50 TUE regula la retirada voluntaria conforme a las normas constitucionales del Estado y su notificación al Consejo Europeo. Los Tratados dejan de aplicarse al entrar en vigor el acuerdo de retirada o, a falta de él, dos años después de la notificación, salvo prórroga acordada. El Estado que se retira no participa en las deliberaciones y decisiones que le conciernen. Deben distinguirse notificación, negociación, acuerdo y eventual nueva adhesión.
- Preguntas: 12 activas en este test.
- Criterio de superación: 50% de aciertos.
- Orden: puede variar entre intentos.
Última actualización editorial: 10 sept 2026.
Práctica
Preguntas de muestra
1 pregunta con respuesta
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Pregunta 1
Según el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea, ¿quién puede decidir la retirada de un Estado miembro de la Unión?
- El Consejo Europeo por mayoría cualificada
- El Parlamento Europeo con mayoría de dos tercios
- El propio Estado miembro, conforme a sus normas constitucionales
- La Comisión, previa consulta al Estado interesado
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Respuesta correcta: El propio Estado miembro, conforme a sus normas constitucionales
La retirada no la decide una institución de la Unión, sino el propio Estado miembro. Además, esa decisión debe adoptarse conforme a sus normas constitucionales, porque el precepto remite expresamente a ese plano interno para validar la voluntad de retirada. Por eso la opción correcta es la que atribuye la decisión al Estado miembro.