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Tratados Modificativos
Guía pública de estudio
Materia
Sobre esta materia
Contenido, alcance y objetivos del recurso
En Tratados Modificativos se aborda la evolución de la Unión Europea a partir de sus tratados originales y las transformaciones clave que han marcado su desarrollo hasta la actualidad. Este vídeo se centra en analizar cómo cada modificación ha contribuido a fortalecer las instituciones europeas y a ampliar las políticas comunitarias, ofreciendo una visión ordenada del proceso de cambio del proyecto europeo. El recurso permite al alumnado entender la relación entre los distintos tratados y los ajustes que han ido configurando la Unión Europea a lo largo del tiempo. También ayuda a practicar la identificación de las principales transformaciones institucionales y de las ampliaciones del ámbito comunitario que se derivan de esas modificaciones.
Vídeo
Lección 1 de 1
Tratados modificativos: Tribunal de Cuentas y elecciones europeas
Resumen de la lección
El vídeo recorre cambios que transformaron las Comunidades Europeas, inicialmente centradas en la integración económica, mediante modificaciones institucionales, políticas y de los procedimientos de decisión. El Tratado de fusión de Bruselas creó una Comisión y un Consejo únicos para las Comunidades y entró en vigor el 1 de julio de 1967.
El Tratado de Bruselas de 22 de julio de 1975 creó el Tribunal de Cuentas como órgano de control externo de las finanzas comunitarias; comenzó a trabajar en 1977. Con Maastricht, vigente desde el 1 de noviembre de 1993, adquirió la condición de institución de la Unión Europea. Para estudiar este hito conviene separar tres fechas y hechos: creación en 1975, comienzo de actividad en 1977 y reconocimiento como institución en 1993.
La elección directa del Parlamento también tuvo dos momentos: la decisión y el Acta electoral del Consejo de 1976 establecieron el sufragio universal directo, y las primeras elecciones se celebraron en junio de 1979. El vídeo continúa con el Acta Única Europea y los Tratados de Maastricht, Ámsterdam, Niza y Lisboa, además del intento fallido de aprobar una Constitución Europea.
Fuentes: Tratado de fusión de Bruselas, historia oficial del Tribunal de Cuentas Europeo y Parlamento Europeo: elecciones.
Objetivos de aprendizaje
- Ordenar los hitos de creación, comienzo de actividad y reconocimiento institucional del Tribunal de Cuentas Europeo.
- Explicar cómo se pasó de representantes designados por los parlamentos nacionales a la elección directa del Parlamento Europeo.
- Identificar los tratados modificativos citados y los ámbitos que cambiaron.
Puntos clave
- El Tratado de fusión creó una Comisión y un Consejo únicos; entró en vigor en 1967.
- El Tratado de Bruselas de 1975 creó el Tribunal de Cuentas como órgano; empezó a trabajar en 1977.
- Maastricht convirtió al Tribunal de Cuentas en institución de la Unión en 1993.
- El Acta electoral de 1976 estableció la elección directa y las primeras elecciones se celebraron en 1979.
- Entre los tratados modificativos posteriores se estudian el Acta Única Europea y los Tratados de Maastricht, Ámsterdam, Niza y Lisboa.
Última actualización editorial: 10 sept 2026.
Leer la transcripción de la lección
Vamos a continuar hablando de la Unión Europea y de toda esa evolución que se lleva a cabo desde los primeros tratados originarios, tratados constitutivos hasta lo que hoy en día conocemos como Unión Europea, el tratado, los tratados originarios, el tratado de la CECA, el tratado de la comunidad económica europea, el tratado de la comunidad europea de la energía atómica, van a ir sufriendo una serie de modificaciones a medida que avanzamos en el tiempo, eh, que van a ir convirtiendo esa primera organización o esas primeras organizaciones de carácter económico en organizaciones de carácter mucho más complejo, de carácter integrador desde el punto de vista de diversas políticas, es decir, pasamos del ámbito de una colaboración, eh, estrictamente económica, a una integración y a una colaboración y cooperación mucho más política dentro de esta evolución.
Y partiendo, como digo, de esos tratados originarios, las primeras modificaciones que se van a producir y de las que hemos hablado son aquellas que llevan a cabo la que producen la fusión de diversas instituciones. Recordemos que con los tratados originarios partíamos de cuatro instituciones, eh, la alta autoridad que después se va a convertir en una única comisión cuando será la fusión de ejecutivos, el consejo, la asamblea y el tribunal de justicia. Estas cuatro instituciones son de las que partimos, pero vamos a ver cómo, poco a poco también a medida que avanzamos en nuestro tratados, vamos a aumentar el número de instituciones hasta llegar a las siete instituciones actuales.
La primera modificación que nos vamos a encontrar, las dos primeras modificaciones reseñadas a mayores de esa fusión de ejecutivos, eh, van a ser pequeñas modificaciones, lo que podríamos llamar unas modificaciones accesorias frente a modificaciones principales de las que hablaremos después que, eh, hacen referencia a dos cuestiones, sin embargo, especialmente relevantes, al menos, eh, son las modificaciones en las que me quiero parar por esa. Por ese motivo, la primera de ellas es la que se lleva a cabo en Bruselas mediante el tratado de Bruselas de julio de y que he marcado aquí este primer tratado de Bruselas, de 22 de julio del 75, al que me estoy refiriendo, realiza una serie de modificaciones desde el punto de vista presupuestario. Empezamos a hablar de un presupuesto de las Comunidades Europeas.
Aún hablábamos de uno europea en ese momento, no más que desde un punto de vista abstracto o porque yo lo mencioné para que nos podamos entender mejor. Bueno, este tratado de Bruselas dentro de esas modificaciones de tipo presupuestario. Hace, eh, introduce una modificación muy importante, que es la creación del tribunal de cuentas. El tribunal de cuentas va a ser un órgano fiscalizador, igual que un tribunal de cuentas a nivel nacional. Lo es dentro de la unión europea de fiscalizador y, por lo tanto, un órgano de control respecto del gasto público. Todos aquellos que puedan manejar caudales, que provengan de la unión europea van a estar sujetos o pueden estarlo a la fiscalización del tribunal de cuentas en este momento, el tratado de Bruselas, lo que va a hacer es crear este órgano, pero no lo convierte en institución.
Hay una diferencia esencial entre que algo sea un órgano o que sea una institución. Veremos cuando hablemos del derecho de la unión, cómo el derecho derivado vendría a ser, si creo el paralelismo con las normas que tenemos en España, pues todo el conjunto de leyes y reglamentos que tenemos en España es lo que en Europa, con otro nombre que ya veremos, se llama derecho derivado, pues ese derecho derivado solamente puede emanar de las instituciones, no de los órganos. Y eso ya es una diferencia, eh, fundamental, para entender la importancia de considerar que un órgano es una institución, el tribunal de cuentas en el año 70, con el tratado de Bruselas de 22 de julio, el no al que me refiero, lo que va es a convertirse en un órgano, se crea como un órgano y ahí nos vamos a quedar.
Ya veremos hasta el tratado derich que lo convierte en institución, pero de memento mantenemos las cuatro instituciones originales. La segunda modificación importantísima se realiza otra vez de un tratado, sino a través de una decisión del consejo, una decisión que también se adopta en Bruselas, en este caso el septiembre, el año. Aunque lo cierto es que esta decisión no va a tener eficacia hasta el año. ¿Por qué digo esto? ¿Por qué esta decisión, lo que hace es establecer el sistema mediante el cual se va a elegir a los miembros de la asamblea de lo que hoy llamaríamos Parlamento a través de elecciones por sufragio universal, por un sufragio directo. Por lo tanto, lleva a ser el pueblo de los distintos estados que forman parte de las comunidades europeas los que van a elegir a sus representantes en el Parlamento hasta este momento.
Lo que se hacía era que cada uno de los estados que se habían adherido a las comunidades enviaba a representantes a la asamblea parlamentaria, representantes que formaban parte de sus propios parlamentos, pero que no habían sido elegidos directamente por el pueblo para, eh, formar parte o integrar como miembros. El Parlamento europeo, la asamblea llamada en aquel memento a partir de esta decisión, se inst este sistema. Y como digo, eso no va a tener efecto hasta el año, porque es cuando se van a celebrar las primeras elecciones en Europa. Por lo tanto, esa decisión tiene su efecto en el momento en el que en Europa votamos a partir de aquí, las modificaciones que nos vamos a encontrar dentro de lo que va a ser el ámbito europeo van a ser modificaciones ya mucho más importantes, modificaciones que van a afectar a esas instituciones.
Vamos a ir creando más, vamos a ir introduciendo nuevas políticas, vamos a ir cambiando los procesos de decisión dentro de la unión europea. Y eso va a ser a través de lo que vamos a llamar esos tratados modificativos digamos, eh, como digo esenciales, no, ahí vamos a hablar del acta único europea. Vamos a hablar del tratado de Maastricht importantísimo el tratado de Maastricht vamos a hablar, además del tratado de Ámsterdam, del tratado de Niza, con un pequeño intento posterior de aprobación de una constitución europea que lamentablemente se quedó en nada y con el último tratado de Lisboa de ellos pasaremos a hablar a continuación.